Resolución de 23 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Conselleria de Cultura y Deporte, por la que se incoa expediente para la delimitación del entorno de protección, de la Torre de los Moros situada en el Puig de la Misericordia, en Vinaroz (Castellón), y se establece la normativa protectora del mismo.

MarginalBOE-A-2008-18063
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunitat Valenciana
Rango de LeyResolución

La Disposición Adicional Primera de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano considera Bienes de Interés Cultural integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano todos los Bienes existentes en el territorio de la Comunidad Valenciana que a la entrada en vigor de la misma ya hayan sido declarados como tales al amparo de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, tanto mediante expediente individualizado como en virtud de lo establecido en el art. 40.2 de dicha Ley y en sus Disposiciones Adicionales Primera y Segunda. En virtud de la atribución legal o automática de condición monumental contenida en sus Disposiciones Adicionales Primera y Segunda de esta última norma, la Torre de los Moros situada en el Puig de la Misericordia, en Vinaroz (Castellón) constituye pues por ministerio de la Ley un Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento.

En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Transitoria primera , párrafo segundo de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, la Conselleria de Cultura y Deporte de la Generalitat podrá complementar con las nuevas menciones y determinaciones de esta Ley las declaraciones producidas con anterioridad a la entrada en vigor de la misma.

En cumplimiento de lo que disponen los artículos 27 y 28 de la Ley de 11 de junio de 1998, de Patrimonio Cultural Valenciano, y visto el informe emitido por el Servicio del Patrimonio Arquitectónico y Medioambiental de esta Dirección General, favorable a la incoación de expediente para la delimitación del entorno de protección de la Torre de los Moros y de los bienes asociados a la misma, situada en el Puig de la Misericordia, en Vinaroz (Castellón) y determinación de la normativa protectora del mismo, la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Conselleria de Cultura y Deporte de la Generalitat, ha resuelto:

Primero.-Incoar expediente para la delimitación del entorno de protección de la Torre de los Moros situada en el Puig de la Misericordia, en Vinaroz (Castellón) y determinar la normativa protectora del mismo en el articulado que a continuación se transcribe.

Normativa de protección del Monumento y su entorno

Monumento:

Artículo 1 Régimen del Monumento.

Se atenderá a lo dispuesto en la Sección Segunda, Régimen de los bienes inmuebles de interés cultural, del Capítulo III del Título II de la Ley 4/1998 de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano aplicable a la categoría de Monumento.

Artículo 2 Usos permitidos.

Los usos permitidos serán todos aquellos que sean compatibles con la puesta en valor y disfrute patrimonial del bien y contribuyan a la consecución de dichos fines. La autorización particularizada de uso se regirá según lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley del Patrimonio Cultural Valenciano.

Entorno de protección:

Artículo 3 Régimen general de Intervenciones.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la citada Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano...

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