Resolución de 31 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Innovación y Competitividad, por la que se publica el Acuerdo con la Comunidad Autónoma de Canarias para la modificación del Convenio de colaboración para la creación del Consorcio para el Diseño, Construcción, Equipamiento y Explotación de la Plataforma Oceánica de Canarias.

MarginalBOE-A-2013-2155
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economía y Competitividad
Rango de LeyResolución

Con fecha 28 de diciembre de 2012 se ha suscrito el acuerdo entre la Administración General del Estado (Ministerio de Economía y Competitividad) y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias para la modificación del convenio de colaboración «entre el Ministerio de Educación y Ciencia y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias para la creación del Consorcio para el Diseño, Construcción, Equipamiento y Explotación de la Plataforma Oceánica de Canarias» firmado el 10 de diciembre de 2007.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2, párrafo tercero, de la Ley 20/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

Esta Dirección General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio, según el anexo a esta resolución.

Madrid, 31 de diciembre de 2012.–La Directora General de Innovación y Competitividad, Maria Luisa Poncela García.

ANEXO

Acuerdo entre la Administración General del Estado (Ministerio de Economía y Competitividad) y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias para la modificación del Convenio de colaboración «entre el Ministerio de Educación y Ciencia y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias para la creación del consorcio para el diseño, construcción, equipamiento y explotación de la plataforma oceánica de Canarias», firmado el día 10 de diciembre de 2007

En Madrid, a 28 de diciembre de 2012.

REUNIDOS

De una parte, el Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO) y en su representación don Luis de Guindos Jurado, Ministro de Economía y Competitividad, nombrado para dicho cargo por Real Decreto Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre («BOE» número 307, del 22), actuando en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y el artículo 6, en relación con la disposición adicional decimotercera, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de acuerdo con la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra, el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias (CAC), y en su representación el señor don Paulino Rivero Baute, Presidente del Gobierno de Canarias, en virtud del Real Decreto 973/2011, de 6 de julio («BOC» número 133, del 7), actuando conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 29.1 k), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias.

Las partes se reconocen la capacidad necesaria para obligarse en los términos de la presente adenda y, al efecto

EXPONEN

  1. Que, de acuerdo con el Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio de Economía y Competitividad la propuesta y la ejecución de la política del Gobierno en materia de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, competencias que hasta esa fecha estaban residenciadas en el entonces Ministerio de Ciencia e Innovación.

  2. Que, con fecha 10 de diciembre de 2007, el entonces Ministerio de Educación y Ciencia y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias suscribieron un Convenio de Colaboración para la creación del Consorcio para el diseño, construcción, equipamiento y explotación de la Plataforma Oceánica de Canarias (en adelante Consorcio PLOCAN), que establecía las aportaciones de ambas administraciones al consorcio en el periodo 2007-2021.

  3. Que de acuerdo a la cláusula undécima del citado convenio podrá ser modificado por acuerdo expreso y unánime de las partes firmantes, teniendo en cuenta las previsiones de los Estatutos del Consorcio y siguiendo los procedimientos que exija la normativa vigente.

  4. Que las partes firmantes desean modificar la cláusula segunda, quinta, sexta y octava del citado convenio, ampliando la finalidad del convenio, el periodo de construcción de la Plataforma hasta 2014, recalculando las aportaciones de la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma de Canarias comprometidas en el citado convenio hasta fin de vigencia y añadiendo la cesión de uso al Consorcio PLOCAN de las instalaciones procedentes del Instituto Canario de Ciencias Marinas (ICCM) durante toda la vigencia del convenio de colaboración. Estas modificaciones conllevan la modificación de los Estatutos que se, adjuntan al presente documento como anexo II. Además de dichas modificaciones se hace necesario la modificación de determinados artículos, y la inclusión de un nuevo artículo para la declaración de PLOCAN como medio propio.

  5. Que de acuerdo a la cláusula quinta. Tres. b) del citado convenio, las transferencias que efectúe cada entidad consorciada podrán realizarse asignando recursos procedentes de fondos europeos, en particular con cargo al Programa Operativo FEDER.

  6. Que de acuerdo al artículo vigésimo cuarto de los Estatutos del convenio de colaboración, la modificación de los Estatutos deberá ser aprobada por unanimidad por el Consejo Rector del Consorcio, y propuesta para su ratificación a las instituciones consorciadas. Dicha aprobación se ha producido en reunión del Consejo Rector celebrada el 25 de julio de 2012.

  7. Que las partes firmantes desean modificar los Estatutos, de acuerdo a lo dispuesto en las cláusulas del presente acuerdo de modificación. La firma del presente acuerdo supone la ratificación de la propuesta de modificación de estatutos por parte de las instituciones consorciadas.

Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente acuerdo de modificación al convenio de colaboración de fecha 10 de diciembre de 2007, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Referencias.

Las referencias contenidas a lo largo del Convenio de Colaboración de 10 de diciembre de 2007 y de sus anexos, al Ministerio de Educación y Ciencia deberán entenderse realizadas al Ministerio de Economía y Competitividad.

Segunda. Modificación de la cláusula segunda «Finalidad del Convenio» y del anexo I.

Se modifica la cláusula segunda del convenio de colaboración suscrito el 10 de diciembre de 2007, introduciendo como tercer párrafo el siguiente literal:

Asimismo se establece que es parte esencial del diseño, construcción, equipamiento y explotación de la Plataforma, que el Consorcio participe en proyectos de I+D+i que posibiliten la investigación y el desarrollo científico y tecnológico de las ciencias marino marítimas.

Se adjunta al presente documento el Resumen Ejecutivo de la memoria técnica de la Plataforma Oceánica (anexo I del Convenio de colaboración suscrito el 10 de diciembre de 2007), en el que se incluye una definición del concepto «ciencias marino marítimas», como anexo I.

Tercera. Modificación de la cláusula quinta. «Costes y financiación», apartados uno, dos, tres y cinco.

Se modifican la cláusula quinta, apartados uno, dos, tres y cinco del convenio de colaboración suscrito el 10 de diciembre de 2007 que quedarán redactadas con el siguiente literal, y se añade un nuevo apartado dos bis de la forma que sigue:

Modificación de la cláusula quinta.uno:

Uno. Los costes de diseño, construcción y equipamiento de PLOCAN, incluida la elaboración del proyecto de ejecución, no excederán de treinta millones diez mil seiscientos cincuenta euros (30.010.650 €). Estos costes incluirán los gastos de funcionamiento del periodo 2007-2014, y la actualización de las instalaciones del ICCM previsto en el apartado tres de la cláusula sexta.

Modificación de la cláusula quinta.dos:

Dos. Los costes máximos de operación, mantenimiento y financiación basal de las actividades científico-técnicas, aportadas por las partes en este convenio una vez finalizada, la fase de construcción, se estiman según la siguiente tabla:

2015 2016 2017 2018
Total 2.971.461 2.163.252 2.163.252 2.163.252

2019 2020 2021 Total
Total 2.163.252 2.163.252 2.163.252 15.950.972

Los órganos de gobierno del Consorcio PLOCAN podrán comprometer gastos o inversiones que se financien a través de ingresos propios de PLOCAN.

El consorcio podrá utilizar fondos de esta fase para realizar gastos correspondientes a la aportación de la parte nacional en la cofinanciación de proyectos con Fondos Comunitarios.

Inclusión de cláusula quinta.dos bis:

Dos bis. Las aportaciones que MINECO y la Comunidad Autónoma de Canarias acuerdan efectuar al Consorcio, se realizarán de acuerdo con la siguiente distribución:

2007 2008 2009 2010 2011
MINECO 2.412.000 1.900.500 2.212.500 2.212.500 2.212.500
CAC 2.000.000 2.312.500 2.212.500 2.212.500 2.212.500
Total 4.412.000 4.213.000 4.425.000 4.425.000 4.425.000

2012 2013 2014 2015 2016 2017
MINECO 549.750 1.147.500 1.170.450 891.994 868.117 843.762
CAC 1.125.000 1.147.500 1.170.450 1.193.859 1.217.736 1.242.091
Total 1.674.750 2.295.000 2.340.900 2.085.853 2.085.853 2.085.853

2018 2019 2020 2021 Total
MINECO 818.920 793.582 767.736 741.374 19.543.186
CAC 1.
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