Resolución de 24 de agosto de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convocan ayudas para la realización de las diversas modalidades que conforman el Programa de Cooperación Interuniversitaria e Investigación Científica.

MarginalBOE-A-2009-14083
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
Rango de LeyResolución
  1. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

14083 Resolución de 24 de agosto de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convocan ayudas para la realización de las diversas modalidades que conforman el Programa de Cooperación Interuniversitaria e Investigación Científica.

Las actividades de cooperación científica e investigación entre España y los países Iberoamericanos (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica, Colombia, Cuba, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, El Salvador, Uruguay, Venezuela), de África Subsahariana (Etiopía, Malí, Níger, Mozambique, Senegal y Cabo Verde) y del Mediterráneo (Argelia, Egipto, Jordania, Marruecos y Túnez), en el marco de este Programa, tienen como objetivo reforzar la coordinación y coherencia de la política de cooperación al desarrollo con la política científica y tecnológica, facilitando sinergias entre el Plan Director de la Cooperación Española 2009-2012 y el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, con el fin de impulsar y fomentar vínculos estables de investigación y docencia entre grupos de investigación y docencia de universidades y organismos científicos de España y los citados países. Por todo ello, se hace pública la convocatoria de ayudas para la realización de proyectos conjuntos de investigación, proyectos conjuntos de formación, acciones preparatorias y acciones integradas para el fortalecimiento científico e institucional del PCI.

La presente convocatoria se regirá por las normas específicas y bases contenidas en esta Resolución y, asimismo, se ajustará a lo dispuesto en:

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones («Boletín Oficial del Estado» del 18) y Reglamento (RD 887/2006, de 21 de julio, «Boletín Oficial del Estado» del 25).

La Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo («Boletín Oficial del Estado» del 8).

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27), en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 14).

La Orden AECI/1098/2005, de 11 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 26) por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes y estancia de la AECI.

El Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo («Boletín Oficial del Estado» de 26 de noviembre).

La Resolución de la Presidencia de la AECID de 2 de julio de 2009 («Boletín Oficial del Estado» del 30), por la que se delegan determinadas competencias.

Plan Director de la Cooperación Española 2009-2012, aprobado por Consejo de Ministros de 13 de febrero de 2009.

En virtud de ello, la Presidencia de la AECID ha resuelto, previo informe de la Abogacía del Estado del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, proceder a la presente convocatoria para 2009 de las ayudas del Programa PCI, mediante la necesaria publicidad, concurrencia competitiva y objetividad y a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Las bases de la convocatoria son las siguientes:

Primera. Dotación e imputación presupuestaria.-Las ayudas objeto de esta convocatoria serán abonadas con cargo a las aplicaciones presupuestarias, del ejercicio 2009, con unos importes de 16.422.000 euros para 12.401.143A 486.07 (Capítulo 4), y de 5.500.000

euros para 12.401.143A 796.08 (Capítulo 7), estando su concesión condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente.

Segunda. Beneficiarios.-Las ayudas objeto de esta convocatoria se destinarán a la financiación de las actividades y proyectos presentados por Universidades, públicas y privadas, Organismos Públicos de Investigación (OPIs), y otras entidades públicas de investigación y docencia, españoles, iberoamericanos, mediterráneos y de África Subsahariana relacionados en el anexo I y II de la presente convocatoria, entre cuyos fines legales o estatutarios conste la investigación y la docencia de postgrado de forma acreditada, y que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Estar legalmente constituidos y tener personalidad jurídica propia. b) Disponer de los medios y la capacidad suficientes para realizar las actividades y garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos en dichas actividades. c) No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones («Boletín Oficial del Estado» del 18). d) Hallarse, en su caso, al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de las subvenciones recibidas con anterioridad de la AECID.

Las entidades referidas, a través del Vicerrectorado u Oficina equivalente de Relaciones Internacionales o de Cooperación del Centro español correspondiente, asumirán la responsabilidad de las solicitudes, presentadas de acuerdo con lo establecido en la Base Cuarta, y percibirán las ayudas del Capítulo 4. Igualmente, se encargarán del cumplimiento de las restantes obligaciones que la Ley General de Subvenciones impone a los beneficiarios de ayudas y subvenciones. Las ayudas correspondientes al capítulo 7 se transferirán a las entidades del país contraparte (anexo II), receptoras de la ayuda, a través de la OTC del país correspondiente.

Tercera. Objeto.-La finalidad última de este programa es el reforzamiento de las instituciones y estructuras que soportan el sistema de ciencia, tecnología e innovación de las mismas, mediante la constitución, desarrollo y consolidación de redes estables de cooperación científica y de investigación, así como de docencia de postgrado entre equipos conjuntos de las Universidades y Organismos españoles (anexo I) y de los países contrapartes (anexo II), en áreas temáticas prioritarias (anexo III) para la cooperación bilateral de España con cada uno de ellos.

Cuarta. Modalidades.-Las modalidades de esta convocatoria son las siguientes:

  1. Proyectos conjuntos de investigación. B) Proyectos conjuntos de formación. C) Acciones preparatorias. D) Acciones Integradas para el Fortalecimiento Científico e Institucional.

    Las solicitudes tendrán que realizarse dentro de una misma área geográfica (Iberoamérica, Mediterráneo y África Subsahariana). En el caso de Iberoamérica y África Subsahariana, las modalidades A, B y C, pueden tener carácter multilateral mientras que la opción D deberá tener carácter bilateral. En el caso de Mediterráneo, todas las modalidades tendrán carácter bilateral.

    Las áreas temáticas para la realización de dichas modalidades son las prioritarias de la cooperación bilateral entre España y cada uno de los respectivos países que aparecen en el anexo III (Listado de áreas prioritarias ajustadas al Plan Director de la Cooperación Española 2009-2012).

    Las ayudas objeto de esta convocatoria serán destinadas a financiar las actividades que se articulen entre equipos conjuntos de profesores universitarios e investigadores (titulados superiores), que deberán pertenecer a las Universidades u Organismos participantes, durante el período de realización de las mismas.

  2. Proyectos conjuntos de investigación: Ayudas para la movilidad y otros gastos de un equipo conjunto procedente de Centros españoles y de los países referidos en esta Convocatoria, para desarrollar un proyecto conjunto de investigación acorde con los

    objetivos de desarrollo priorizados por la contraparte, según la memoria y el plan de ejecución del mismo.

    Presentará la solicitud de ayuda el Coordinador español, responsable del proyecto conjunto. B) Proyectos conjuntos de formación: Ayudas para la movilidad de un equipo conjunto procedente de Centros españoles y de los países referidos en esta Convocatoria, para desarrollar un proyecto conjunto de postgrado acorde con los objetivos de desarrollo priorizados por la contraparte, según la memoria y el plan de ejecución del mismo. Así como proyectos de formación en los distintos ámbitos de la gestión universitaria.

    Presentará la solicitud de ayuda el Coordinador español, responsable del proyecto conjunto. C) Acciones preparatorias: Ayudas para la asistencia a reuniones, seminarios, talleres, encuentros, etc., para la ejecución de las acciones previstas, dirigidas a fomentar la movilidad y el intercambio de información para preparar proyectos de cooperación universitaria que resulten competitivos en cualquier convocatoria pública y en la que deberá participar alguno de los centros que han figurado en la acción preparatoria.

    Presentará la solicitud de ayuda el Coordinador español, responsable de la acción. D) Acciones Integradas para el Fortalecimiento Científico e Institucional: Ayudas para la financiación de acciones consistentes en la articulación de actividades que consoliden y fortalezcan institucionalmente unidades, departamentos o laboratorios de una universidad o centro de investigación de un país contraparte, mediante la organización e impartición de cursos de formación y pasantías, movilidad, gastos de material fungible y adquisición de equipamiento de apoyo y científico.

    Las acciones integradas deberán estar dirigidas hacia algunos de los siguientes apartados:

    Mejora y modernización de la gestión académica.

    Fortalecimiento de grandes líneas de investigación e innovación científica Apoyo a infraestructuras de uso general.

    Bibliotecas y documentación Fomento de las Tecnologías de la Información y la Comunicación y de la formación a distancia.

    Otros objetivos de especial valor institucional para el centro contraparte.

    Puntualmente, podrá contratarse personal docente e investigador y, en su caso, de Administración y Servicios en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR