RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2001, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convoca el 7º Congreso Internacional de Metodología Jurídica, dedicado a 'La aplicación del Derecho por la Administración Pública y la Justicia: Problemas de los conceptos jurídicos indeterminados'.

MarginalBOE-A-2001-12395
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyResolución
BOE núm. 153 Miércoles 27 junio 2001 23017
Artículo 35. Cómputo total.
Las condiciones pactadas en el presente Convenio Colectivo se aceptan
en su cómputo total anual. La pretensión de introducir, por cualquiera
de las partes, modificaciones parciales que no estén determinadas por
disposiciones legales, llevarán aparejada la denuncia del presente Con-
venio, salvo acuerdo entre ambas partes.
Artículo 36. Revisión salarial.
Si el IPC anual publicado por el INE para el conjunto nacional registrase
desde el 1 de enero al 31 de diciembre del año 2001 un incremento superior
al 3,55 por 100, se efectuará una revisión salarial por la cuantía que exceda
del 3,55 por 100.
La citada revisión, que en caso de producirse no tendría carácter
retroactivo y su importe se añadiría al pago anual abril del año siguiente,
se calculará mediante la siguiente fórmula:
452.626.870 × Porcentaje de revisión
108
La cifra resultante se añadiría al pago anual abril del año 2002 regulado
en el artículo 15 del presente Convenio.
MINISTERIO DE AGRICULTURA,
PESCA Y ALIMENTACIÓN
12394 ORDEN de 13 de junio de 2001 por la que se fija para
el ejercicio 2001 el porcentaje máximo de los gastos que
podrán financiarse con las ayudas a los programas
de carne de vacuno de calidad reguladas por el Real Decre-
to 1738/1997.
El Real Decreto 1738/1997, de 20 de noviembre, por el que se establecen
ayudas a los programas de carne de vacuno de calidad, tiene por objeto
financiar una parte de los gastos derivados del control que deben realizar
los programas de carne de vacuno de calidad para garantizar un completo
seguimiento del producto desde la explotación de origen hasta el con-
sumidor final.
En el artículo 5 del Real Decreto citado, se faculta al Ministro de Agri-
cultura, Pesca y Alimentación para fijar anualmente el porcentaje máximo
de los gastos de control subvencionables, que no podrá exceder del cin-
cuenta por cien de los mismos.
La presente Orden fija este porcentaje máximo de gasto a partir de
las solicitudes de ayuda recibidas por los órganos competentes de las Comu-
nidades Autónomas, sin que en ningún caso se superen las disponibilidades
presupuestarias, de acuerdo con los criterios establecidos en la Conferencia
Sectorial celebrada el día 7 de mayo de 2001.
En la elaboración de la presente disposición han sido consultadas las
Comunidades Autónomas y los sectores afectados.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Porcentaje máximo de gasto.
El importe de las ayudas concedidas durante el año 2001, al amparo
del Real Decreto 1738/1997, de 20 de noviembre, por el que se establecen
ayudas a los programas de carne de vacuno de calidad, no podrá superar
el cincuenta por cien de los gastos derivados del control establecido en
cada programa de carne de vacuno de calidad.
Artículo 2. Financiación.
La distribución territorial de los fondos a los órganos competentes
de las Comunidades Autónomas se realizará con cargo a la aplicación
presupuestaria 21.21.713E.774.00 de los Presupuestos Generales del Esta-
do para el año 2001, con un crédito máximo de 310.000.000 de pesetas,
de conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la Ley General
Presupuestaria.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación
en el «Boletín Oficial del Estado»
Madrid, 13 de junio de 2001
ARIAS CAÑETE
MINISTERIO
DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS
12395 RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2001, del Instituto Nacional
de Administración Pública, por la que se convoca el 7.
o
Con-
greso Internacional de Metodología Jurídica, dedicado a
«La aplicación del Derecho por la Administración Pública
y la Justicia: Problemas de los conceptos jurídicos inde-
terminados».
Las constituciones, los tratados internacionales, las leyes y reglamentos,
todo el ordenamiento jurídico recurre con frecuencia a nociones que tienen
una significación parcialmente indeterminada y, por lo mismo, un alcance
que no resulta fácil precisar. Los problemas del lenguaje, de la gnoseología
y de la lógica aparecen así con frecuencia en la tarea cotidiana de aplicar
el Derecho a las situaciones más diversas, aunque los Abogados, los res-
ponsables políticos, los funcionarios de la Administración pública, los jue-
ces y cualesquiera otros actores de la vida jurídica no siempre se percaten
de ello de forma consciente y explícita. Adquirir criterio metodológico
en la aplicación de las nociones jurídicas indeterminadas, contrastarlo
y mejorarlo, es por ello muy conveniente para cuantos tienen que aplicar
el Derecho, y particularmente para quienes han de hacerlo en la Admi-
nistración pública y en los Juzgados y Tribunales de justicia, incluidos
los Tribunales constitucionales y supranacionales. También, de otra mane-
ra, para quienes tienen que hacerlo en los Parlamentos.
La distinta posición y función que tienen ante el Derecho y en relación
con el Derecho la Administración pública y los órganos de la Justicia
—y, por supuesto, los Parlamentos— puede manifestarse, entre otras muchas
cosas, en la diferente relevancia que, en parte, tienen para estos distintos
Poderes públicos las nociones jurídicas indeterminadas, y en la diversa
perspectiva metodológica que éstas pueden requerir a sus aplicadores en
unas y otras instituciones.
Dado el interés del tema para la formación de los empleados públicos
de la Administración pública, además del que tiene a la vez para jueces,
abogados, juristas en general, profesores universitarios, responsables públi-
cos y cualesquiera otras personas, el INAP decidió a aceptar la propuesta
de la Asociación Internacional de Metodología Jurídica de organizar con
su colaboración y conjuntamente con el Centro de Estudios Políticos y
Constitucionales (Ministerio de la Presidencia del Gobierno) y la coope-
ración del Consejo General del Poder Judicial, un Congreso Internacional
de Metodología Jurídica centrado en los problemas que plantea la apli-
cación de los conceptos jurídicos indeterminados. El Congreso, que será
el 7.
o
de los promovidos u organizados por la mencionada Asociación
en diversos países del mundo, analizará sucesivamente, pero de forma
interrelacionada:
La interpretación de los conceptos indeterminados en la aplicación
de los textos constitucionales y de los textos internacionales sobre derechos
humanos.
Conceptos jurídicos indeterminados y potestad discrecional de las
Administraciones públicas y sus Gobiernos.
La aplicación de conceptos jurídicos indeterminados en el ejercicio
de la función jurisdiccional.
Por todo ello, a propuesta del Centro de Estudios Administrativos,
se ha resuelto:
Primero.—Convocar el 7.
o
Congreso Internacional de Metodología Jurí-
dica dedicado a «La aplicación del Derecho por la Administración pública

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