Real Decreto 808/1987, de 19 de Junio, por el que se establece un sistema de ayudas para la Mejora de la Eficacia de las Estructuras agrarias.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 0152, 26 de Junio de 1987I - Disposiciones Generales › Ministerio de Educacion y Ciencia

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Real Decreto 808/1987, de 19 de Junio, por el que se establece un sistema de ayudas para la Mejora de la Eficacia de las Estructuras agrarias.

El reglamento (cee) 797/1985, del Consejo, sobre mejora de la eficacia de las Estructuras Agrarias, establece una accion comun con el fin de mejorar la eficacia de las explotaciones y contribuir a la evolucion de sus estructuras, Asegurando, al mismo tiempo, la conservacion permanente de los Recursos Naturales de la Agricultura. Su aplicacion en España, como via de mejora de las rentas agrarias, asi como para mejorar las condiciones de vida, trabajo y produccion de la poblacion agraria, exige el establecimiento de las correspondientes lineas de ayudas nacionales. Con este fin se ha considerado la necesidad de reagrupar las lineas de ayuda existentes dirigidas a mejorar la estructura de las Explotaciones Agrarias y Facilitando y racionalizando su gestion.

Dada la situacion de recursos financieros limitados, el sistema de ayudas se orienta prioritariamente hacia la explotacion familiar, los agricultores jovenes y las acciones cooperativas. Asimismo se considera necesario apoyar la financiacion de aquellas inversiones que sean requeridas por unos planes de mejora fundamentados, tanto en la potencialidad productiva de cada explotacion como en la capacidad de absorcion de los mercados.

En el establecimiento de estas lineas de ayudas se ha tenido tambien en cuenta la importancia del cooperativismo y del asociacionismo agrario, como instrumentos para una racional introduccion de nuevas tecnologias, y la de las actividades forestales realizadas en Explotaciones Agrarias, tanto por lo que se refiere a su vertiente economica como a la valoracion de su papel en relacion con la conservacion y Mejora del Medio Natural. Asimismo, se ha considerado la complejidad creciente de las decisiones y de los trabajos de los agricultores, y a tal fin se establecen ayudas para actividades de capacitacion y formacion permanente que les permitan orientar sus explotaciones con criterios de racionalidad economica.

En su virtud, cumplido el tramite previsto en el articulo 24 del reglamento 797/1985, y a propuesta del Ministerio de Agricultura, pesca y alimentacion, y previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia 19 de junio de 1987, dispongo:

Capitulo primero

Ambito y definiciones

Articulo 1. Con el fin de contribuir a la mejora de la eficacia de las Estructuras Agrarias se establece un regimen de ayudas conforme a la accion comun prevista en el reglamento (cee) numero 797/1985, del Consejo, de 12 de marzo.

Art. 2. A los efectos de esta disposicion se entendera por:

1) agricultor a titulo principal :

A) tod...

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