Orden AAA/1711/2014, de 11 de septiembre, por la que se modifica la Orden ARM/3535/2008, de 24 de noviembre, por la que se regula la reserva marina de interés pesquero del Levante de Mallorca-Cala Rajada y se definen su delimitación, zonas y usos permitidos.

Fecha de Entrada en Vigor25 de Septiembre de 2014
MarginalBOE-A-2014-9696
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La Orden APA/961/2007, de 3 de abril, estableció una reserva marina de interés pesquero, en Cala Rajada, al Levante de la Isla de Mallorca y definió su delimitación, zonas y usos permitidos. Posteriormente, y fruto de la experiencia de funcionamiento de la misma, la regulación de la reserva marina fue actualizada mediante la Orden ARM/3535/2008, de 24 de noviembre, por la que se regula la reserva marina de interés pesquero del Levante de Mallorca-Cala Rajada, y se definen su delimitación, zonas y usos permitidos, en la cual quedaba establecido su plan de gestión.

Desde la publicación de esta última Orden, se han producido cambios en las circunstancias relativas a las embarcaciones de pesca profesional que faenan habitualmente en aguas de la misma, de forma que algunas de ellas podrían dejar de cumplir los criterios para su inclusión en el censo de pesca profesional, con lo que tendrían que cesar en su actividad.

Para que estas embarcaciones puedan seguir desarrollando su actividad, es preciso modificar el artículo 7.2 de la ya mencionada Orden ARM/3535/2008, de 24 de noviembre de forma que los requisitos para la inclusión en el censo contemplen esta nueva situación y así, embarcaciones que ahora cumplen los requisitos, no se vean expulsadas de la reserva marina.

En la tramitación de esta orden se ha consultado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y a los sectores afectados. Se ha recabado el informe del Instituto Español de Oceanografía. Asimismo ha sido cumplimentado el trámite de comunicación a la Comisión de la Unión Europea, previsto en el artículo 7.3 del Reglamento (CE) 1967/2006 del Consejo, de 21 de diciembre, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el mar Mediterráneo.

La orden se dicta de conformidad a lo preceptuado por los artículos 13 y 14 de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.

En su virtud, dispongo:

Artículo único Modificación de la Orden ARM/3535/2008, de 24 de noviembre, por la que se regula la reserva marina de interés pesquero del Levante de Mallorca-Cala Rajada, y se definen...

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