Ley 10/2011, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2012.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 23, 27 de Enero de 2012I - Disposiciones Generales › Comunitat Valenciana

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Ley 10/2011, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2012.

Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del rey, promulgo la siguiente Ley:

PREÁMBULO

Los presupuestos de la Generalitat para el 2012, son el principal instrumento de la política económica del Consell, y en el marco de las competencias asumidas, recogen un conjunto de medidas dirigidas a apuntalar en nuestra Comunitat el camino de salida de la crisis, sobre la base de la austeridad, la contención de la presión fiscal, y su contenido social.

En este marco, para el presente año, el proceso de elaboración de las cuentas de la Comunitat, ha quedado condicionado fundamentalmente por las siguientes circunstancias:

1. La incertidumbre generada por la decisión del Gobierno del Estado de no regular el periodo de prórroga presupuestaria, lo que en la práctica ha determinado:

– que las comunidades autónomas y las entidades locales no dispongan, en el momento de elaborar sus presupuestos de los datos necesarios para reflejar los ingresos procedentes del Estado correspondientes al ejercicio 2012.

– que se carezca de un escenario macroeconómico debidamente actualizado.

2. La necesidad de ajustarse a los requisitos y límites reflejados en el Programa de Estabilidad de España para 2011-2014, el Acuerdo marco con las Comunidades Autónomas sobre sostenibilidad de las finanzas públicas, y en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de junio, en el que se fija el objetivo de estabilidad presupuestaria para las comunidades autónomas para el periodo 2012-2014.

3. Un contexto económico y fiscal muy restrictivo, caracterizado por un elevado déficit y un fuerte endeudamiento, vinculados ambos, tanto a la fuerte caída de los ingresos soportada por el conjunto de administraciones públicas, como por el continuo crecimiento de las necesidades de gasto.

4. La reciente aprobación del Plan Económico-Financiero de Reequilibrio de nuestra Comunitat, por el Consejo de Política Fiscal y Financiera.

Partiendo de esta situación, los Presupuestos de la Generalitat para el 2012 reflejan el esfuerzo del Consell por incorporar políticas de austeridad y de optimización en la asignación de recursos, que permitan adecuar los niveles de gasto a las exigencias de equilibrio de las cuentas públicas, a la vez que aseguren que el nivel de prestación de los servicios públicos fundamentales para los ciudadanos de nuestra Comunitat alcanza unos parámetros acordes a sus necesidades.

El presupuesto consolidado de la Generalitat para 2012 disminuye, respecto del pasado año, un 6,4 por ciento. Disminución que entronca con la senda de austeridad iniciada en los presupuestos de los tres últimos ejercicios.

Por lo que se refiere al gasto social, el mismo representa un 84 por ciento del total del gasto presupuestado.

Por lo que se refiere al nivel de inversión inicial, la misma soporta una minoración del 20 por ciento, no obstante lo anterior en el área de infraestructuras públicas, los gastos por operaciones de capital se incrementan un 1 por ciento respecto del pasado ejercicio.

En cuanto a los gastos de personal, la dotación se ha minorado en 1,7 por ciento, sin que por ello se vaya a ver afectado ni el mantenimiento de los servicios públicos esenciales ni las concretas retribuciones de los empleados públicos.

Respecto al contenido concreto del articulado, cabe destacar que de acuerdo con lo previsto en nuestro Estatut, y en la legislación financiera básica, los presupuestos de la Generalitat están sujetos a los mismos límites materiales que los Generales del Estado, y en tal sentido, la Ley de Presupuestos de la Generalitat para el 2012 un año más, y de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, distingue dos tipos de preceptos: en primer lugar los que responden a lo que podríamos considerar el contenido mínimo, necesario e indisponible de la misma y, por otro, los que conforman lo que se ha denominado por la citada jurisprudencia como el contenido eventual, en la medida que se trata de materias que guardan relación directa con las previsiones de ingresos o habilitaciones de gastos.

Partiendo de lo anterior, la Ley de Presupuestos de la Generalitat para el 2012 consta de cuarenta y tres artículos, agrupados en siete títulos, veintiséis disposiciones adicionales, dos transitorias y tres finales, de cuyo contenido concreto pueden resaltarse los siguientes aspectos:

Con carácter general, el texto incorpora un conjunto de modificaciones de carácter meramente técnico, vinculadas básicamente a:

– La nueva estructura orgánico-funcional de la administración del Consell implantada tras el último proceso electoral, mediante los Decretos 5/2011, de 21 junio, del president de la Generalitat y el 75/2011, de 24 de junio, del Consell. En este supuesto las modificaciones responden al hecho de que, consecuencia de la reestructuración citada, las competencias de hacienda y economía se asignarán a consellerias diferen...

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