Ley de 20 de marzo de 1984 del "sindic de Greuges".

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 107, 4 de Mayo de 1984I - Disposiciones Generales › Comunidad Autónoma de Cataluña

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Ley de 20 de marzo de 1984 del "sindic de Greuges".

El Presidente de la Generalidad de Cataluña

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de cataluña ha aprobado y yo en nombre del rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 33.2 del estatuto de autonomía, promulgó la siguiente ley del . Conforme al mandato del artículo 35 del estatuto de autonomía de cataluña, la presente ley establece la organización y el Funcionamiento de la institución del .

Disposiciones generales

Artículo 1. 1. El es la institución que de acuerdo con el artículo 35 del estatuto de autonomía de cataluña, tiene por misión defender los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos. Con esté fin supervisa la actuación de la administración pública de la Generalidad y de las autoridades y el personal que de élla dependen o está afectó a un Servicio público. Supervisa también la actuación de los entes locales de cataluña en todo lo que...

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