LEY 6/2003, de 20 de marzo, del Impuesto sobre Depósito de Residuos.

Extracto


LEY 6/2003, de 20 de marzo, del Impuesto sobre Depósito de Residuos.

LEY 6/2003, de 20 de marzo, del Impuesto sobre Depósito de Residuos.

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.

PREÁMBULO

I

El medio ambiente es un bien jurídico constitucionalmente protegido. El artículo 45 de la Constitución Española, tras afirmar el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona así como el deber, que también a todos concierne, de conservarlo, señala que los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.

La protección del medio ambiente se enmarca, constitucionalmente, en el bloque de los principios rectores de la política social y económica y constituye sin duda uno de los principales retos a los que habrá de enfrentarse la civilización en el presente siglo. Hoy en día nadie discute que el progreso de ésta, en la línea de alcanzar mayores cotas de bienestar y calidad de vida, ha de ir necesariamente acompañado del esfuerzo colectivo, permanente y cotidiano por evitar el deterioro y degradación de un bien que, siendo vitalmente imprescindible, se reconoce escaso y merecedor, por ello mismo, de la atención prioritaria de los poderes públicos.

Desde esta perspectiva, el ordenamiento jurídico no puede ser ajeno a la protección del medio ambiente y, siendo cierto que desde muy diferentes políticas sectoriales puede...

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