LEY 18/2002, de 5 de julio, de Creación de la Comarca de Campo de Daroca.
BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 214, 6 de Septiembre de 2002 › I - Disposiciones Generales › Comunidad Autonóma de Aragón
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LEY 18/2002, de 5 de julio, de Creación de la Comarca de Campo de Daroca.
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el 'Boletín Oficial de Aragón' y en el 'Boletín Oficial del Estado', todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
PREÁMBULO El artículo 5 del Estatuto de Autonomía de Aragón prevé que una Ley de las Cortes de Aragón podrá ordenar la constitución y regulación de las comarcas. En desarrollo de esa previsión estatutaria, la Ley 10/1993, de 4 de noviembre, de Comarcalización de Aragón, regula la comarca como Entidad Local y nuevo nivel de administración pública en que puede estructurarse la organización territorial de Aragón. Dicha Ley establece las normas generales a las que se ajustará la organización Comarca y dispone que la creación de cada Comarca se realizará por Ley de las Cortes de Aragón, partiendo de la iniciativa adoptada por los municipios que hayan de integrarla o por una mancomunidad de interés Comarca. Por otra parte, la Ley 8/1996, de 2 de diciembre, de Delimitación Comarca de Aragón, modificada por el artículo 75 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, estableció los municipios que integran cada una de las comarcas. Asimismo, el citado artículo 75 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, remite a la Ley de Comarcalización de Aragón la regulación de las mismas. En aplicación de las normas citadas, un número de municipios superior a las dos terceras partes de los que deben constituir la comarca y representando más de las dos terceras partes del censo electoral de los municipios integrantes de la delimitación Comarca de Campo de Daroca, prevista en el anexo de la Ley de Delimitación Comarc...Ver el contenido completo de este documento
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