Ley 1/1992, de 27 de abril, del Consejo Económico y Social.
BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 217, 9 de Septiembre de 1992 › I - Disposiciones Generales › Comunidad Autónoma de Canarias
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Ley 1/1992, de 27 de abril, del Consejo Económico y Social.
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 11.7 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley del Consejo Económico y Social.
PREAMBULO La Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Canarias consagran el deber de los poderes públicos de promover y facilitar la participación de los ciudadanos directamente o a través de organizaciones en la vida económica y social. La competencia que el artículo 14.3 del Estatuto de Autonomía atribuye al Gobierno en orden a la planificación de la política regional justifica la creación del Consejo Económico y Social de Canarias por la Ley 8/1990, de 14 de mayo, como un órgano dirigido a reforzar la participación de los agentes económicos y sociales en la vida económica y social en la medida en que en el mismo se hallaban representados un amplio conjunto de organizaciones socio-económicas y profesionales. No obstante, l...Ver el contenido completo de este documento
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