Ley 6/1991, de 27 de marzo de carreteras de la Comunidad Valenciana.

Extracto


Ley 6/1991, de 27 de marzo de carreteras de la Comunidad Valenciana.

Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que las Cortés Valencianas han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la constitución y el estatuto de autonomía, En nombre del rey promulgó la siguiente ley: Preámbulo Corresponde a la Generalidad, en virtud del artículo 31.14 del estatuto de autonomía, la competencia exclusiva sobre las carreteras y caminos cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Valenciana. Por otra parte, operada una nueva distribuccion competencial por la constitución y los estatutos de autonomía, se ha promulgado La Ley 25/1988, de 29 de Julio, referida de modo exclusivo a las carreteras estatales, por lo que resulta necesario que la Generalidad dicte una Norma que recoja la Regulacion de las carreteras de la Comunidad Valenciana. La promulgación de La Ley de ordenación del territorio viene a definir el Marco en que debe encuadrarse la Planificacion Sectorial de carreteras y establece los mecanismos para resolver los conflictos entre la Planificacion Sectorial y la Planificacion territorial general. La presente ley introduce innovaciones en diversos aspectos, cómo son la Planificacion, el tratamiento dado a la Relacion entre los planes de carreteras y los territoriales o urbanísticos, la consideración del conjunto de vías de Transito rodado, la simplificación y flexibilización de los mecanismos de defensa de las carreteras y de las zonas colindantes y la Regulacion del régimen de infracciones y sanciones relacionadas con el Funcionamiento del Sistema viario. La Ley parte de una Definicion del Sistema viario de la Comunidad Valenciana que engloba Todas las vías de Transito rodado que transcurran por la misma, ya que, independientemente de su titularidad y características, juegan un papel en el conjunto del mismo. El Texto de La Ley se ha estructurado en nueve Titulos, el primero de los cuáles contiene las Disposiciones generales, destinadas a establecer el objeto de La Ley y el alcance de la misma. El Titulo segundo se dedica a los elementos del Sistema viario, estableciendo la denominación y clasificación de los mismos y regulando la figura del catálogo. El Titulo tercero se dedica a regular el Tema de la Distribucion de comp...

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