Resolución de 3 de octubre de 2005, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las condiciones especiales del seguro integral de leguminosas grano en secano; incluido en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2005.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 269, 10 de Noviembre de 2005III - Otras Disposiciones › Ministerio de Economia y Hacienda

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Resolución de 3 de octubre de 2005, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las condiciones especiales del seguro integral de leguminosas grano en secano; incluido en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2005.

RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2005, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las condiciones especiales del seguro integral de leguminosas grano en secano; incluido en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2005.

De conformidad con el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2005, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de diciembre de 2004, con la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados y su Reglamento, la Administración General del Estado concederá subvenciones al pago de las primas, a los asegurados que suscriban seguros de los incluidos en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados.

Las pólizas y tarifa correspondientes a estos seguros únicamente podrán suscribirse, a través de las entidades integradas en el cuadro de coaseguro de la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A.

La Disposición Adicional del Reglamento para aplicación de la Ley 87/1978, aprobado por Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, indica textualmente que 'Los Ministerios de Hacienda y Agricultura dentro de sus respectivas competencias, quedan facultados para dictar las normas que requiera la interpretación y el desarrollo del presente Reglamento'.

Para el mejor cumplimiento del mandato anterior, y por razones de interés público, se hace preciso dar a conocer los modelos de condiciones especiales a utilizar por la Agrupación Española de Entidades Asegurado ras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A., en la contratación del seguro integral de leguminosas grano en secano; por lo que esta Dirección General ha resuelto publicar las condiciones especiales del mencionado seguro, incluido en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2005.

Las condiciones especiales citadas figuran en el anexo incluido en esta Resolución.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de UN MES, ante el Sr. Secretario de Estado de Economía, como órgano competente para su resolución, o ante esta Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, la cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, lo remitirá al órgano competente para resolverlo; todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de dicha Ley.

Madrid, 3 de octubre de 2005.­El Director general, Ricardo Lozano Aragüés.

ANEXO I

Condiciones especiales del seguro integral y del seguro complementario de leguminosas grano en secano

De conformidad con el Plan Anual de Seguros de 2005, aprobado por Consejo de Ministros, se garantiza la cosecha correspondiente a la campaña Agrícola de Leguminosas Grano para consumo humano (Garbanzos y Lentejas) y para pienso (Altramuces, Guisantes secos, Habas secas,

Haboncillos, Veza y Yeros), en base a estas Condiciones Especiales, complementarias de las Generales de...

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