Resolución de 21 de mayo de 2007, del Instituto de la Juventud, por la que se convoca la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones para el año 2007.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 140, 12 de Junio de 2007III - Otras Disposiciones › Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

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Resolución de 21 de mayo de 2007, del Instituto de la Juventud, por la que se convoca la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones para el año 2007.

Publicadas mediante Orden TAS/1365/2007, de 10 de mayo (BOE n.º 119, de 18 de mayo), las bases reguladoras para la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Instituto de la Juventud, y en razón a lo dispuesto en las citadas bases, así como lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de ésta, y de acuerdo con los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace preciso adoptar la presente convocatoria, que desarrolla el procedimiento para la concesión de subvenciones durante el ejercicio económico 2007.

En su virtud, se dicta la presente Resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 3.2 de la citada Orden TAS/1365/2007, de 10 de mayo.

Artículo 1. Régimen de la concesión.

La concesión de las subvenciones a que se refiere la presente Resolución se efectúa mediante régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Orden TAS/1365/2007, de 10 de mayo.

Artículo 2. Créditos presupuestarios y cuantía total máxima de las subvenciones convocadas.

Las subvenciones otorgadas con arreglo a lo dispuesto en las bases reguladoras, así como en la presente resolución, se sufragarán con los siguientes créditos presupuestarios del Instituto de la Juventud para el ejercicio 2007:

Programa 19.201.232A.481: 2.812.580 euros (dos millones ochocientos doce mil quinientos ochenta euros).

Programa 19.201.232A.781: 160.470 euros (ciento sesenta mil cuatrocientos setenta euros).

Artículo 3. Objeto, condiciones y finalidad de la concesión.

1. Serán objeto de subvención los programas dirigidos a jóvenes entre 14 y 30 años que se relacionan en el anexo A de la presente convocatoria, destinados a apoyar el movimiento asociativo juvenil y su participación social, así como al f...

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