Resolución de 14 de julio de 2008, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Salamanca.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 182, 29 de Julio de 2008III - Otras Disposiciones › Ministerio de Economia y Hacienda

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Resolución de 14 de julio de 2008, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Salamanca.

Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Ayuntamiento de Salamanca un Convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 14 de julio de 2008.-El Director General del Catastro, Ángel Manuel Álvarez Capón.

ANEXO

Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos (Dirección General del Catastro) y el Ayuntamiento de Salamanca, de colaboración en materia de Gestión Catastral

En Madrid y Salamanca, a veintisiete de junio del año dos mil ocho.

De una parte: Don Ángel Manuel Álvarez Capón, Director General del Catastro, en ejercicio de las competencias que tiene delegadas por Resolución de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos de 13 de mayo de 2008 (BOE n.º 118, de 15 de mayo).

De otra parte: Don Julián Lanzarote Sastre, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Salamanca, en uso de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

EXPONEN

Primero.-El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones Públicas.

Por su parte, el Real Decreto 1552/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda establece que la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.

Segundo.-El Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, regula, entre otras...

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