ORDEN APA/2400/2002, de 12 de septiembre, por la que se ratifica el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida 'Patatas de Prades' y de su Consejo Regulador.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 236, 2 de Octubre de 2002III - Otras Disposiciones › Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentacion

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ORDEN APA/2400/2002, de 12 de septiembre, por la que se ratifica el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida 'Patatas de Prades' y de su Consejo Regulador.

ORDEN APA/2400/2002, de 12 de septiembre, por la que se ratifica el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida 'Patatas de Prades' y de su Consejo Regulador.

De conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 1643/1999, de 22 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro Comunitario de las Denominaciones de Origen Protegidas y de las Indicaciones Geográficas Protegidas, por aplicación del artículo 5.5. del Reglamento (CEE) 2081/92, del Consejo, de 14 de julio de 1992, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios, se podrá conceder una protección transitoria nacional a partir de la fecha de la transmisión de la solicitud de registro a la Comisión Europea.

Transmitida la solicitud de registro como Indicación Geográfica Protegida para las 'Patatas de Prades', que se ajusta a lo dispuesto en el Reglamento (CEE) 2081/92, y en la Ley 25/1970, de 2 de diciembre, del Estatuto de la Viña, del Vino y los Alcoholes, y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 835/1972, de 8 de julio, y aprobado el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida 'Patatas de Prades', por Orden ARP/283/2002, de 24 de julio, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 479/1981, de 27 de febrero, sobre traspaso de servicios del Estado a la Generalidad de Cataluña en materia de Denominaciones de Origen, corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, conocer y ratificar dicho Reglamento.

En su virtud dispongo:

Artículo único. Ratificación.

Se ratifica el texto del Reglamento de la Indicación Geográfica 'Patatas de Prades', aprobado por Orden ARP/283/2002, de 24 de julio, de la Generalidad de Cataluña, que figura como anexo a la presente Disposición, con el carácter transitorio establecido en el artículo 5.5 del Reglamento (CEE) 2081/92, una vez que la solicitud de registro ha sido transmitida a la Comisión.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Madrid, 12 de septiembre de 2002.

ARIAS CAÑETE

ANEXO

Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida 'Patatas de Prade...

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