Resolución de 23 de julio de 2010, de la Dirección de Tráfico del Departamento de Interior, por la que se modifica la Resolución de 14 de diciembre de 2009, de medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2010 en la Comunidad Autónoma del País Vasco, por la incorporación al Catálogo y a la Red de Carreteras de Gipuzkoa del Segundo Cinturón de Donostia-San Sebastián.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Agosto de 2010
MarginalBOE-A-2010-12276
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComunidad Autónoma del Pais Vasco
Rango de LeyResolución

En el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV) compete a la Dirección de Tráfico adoptar las medidas especiales de regulación del tráfico conforme a la legislación vigente de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial, tal y como viene recogido en el artículo 11.3.e) del Decreto 471/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Interior.

En consecuencia, se dictó la Resolución de 14 de diciembre de 2009, de la Directora de Tráfico, por la que establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2010. Sin embargo, en fechas recientes se ha producido la incorporación al Catálogo y a la Red de Carreteras de Gipuzkoa del segundo Cinturón de Donostia-San Sebastián según Acuerdo adoptado por el Consejo de Diputados, de la Diputación Foral de Gipuzkoa, publicado en el «Boletín Oficial de Gipuzkoa» el 25 de junio de 2010.

La citada incorporación implica que el Segundo Cinturón de Donostia-San Sebastián asume las funciones de la actual variante de Donostia-San Sebastián y supone, además, una modificación sustancial de la funcionalidad de algunas de las carreteras más importantes del entorno de Donostia-San Sebastián, como la A-8, la N-I y la N-IA.

En consecuencia a lo anterior, esta resolución tiene por objeto modificar ciertas vías restringidas en la Resolución de 14 de diciembre de 2009 para adecuarlas a la Red de Carreteras de Gipuzkoa.

En su virtud, y de conformidad con el organismo competente del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco, y con las Diputaciones Forales, dispongo:

Artículo 1 Modificar el punto 5 del epígrafe 2º. del anexo II.

El punto 5 del epígrafe 2.º del anexo II se modifica en el sentido de adecuar las carreteras en él contenidas al Catálogo y Red de Carreteras de Gipuzkoa, quedando así:

5. Desde las 22:00 horas de la víspera hasta las 22:00 horas los siguientes días: 5 de abril, 1, 8, 13 y 24 de mayo, 14 de julio, 15 de agosto, 1 de noviembre, 11 de noviembre, y 25 de diciembre.

Esta restricción sólo afecta al transporte transfronterizo.

Vía Denominación Pk inicio Pk final Sentido
AP-8 Autopista Cantábrico. 104 Erletxe 0 Frontera Francia Behobia.
GI-20 Variante de Donostia-San Sebastián. 15,572 enlace AP-8 Aritzeta 0 enlace AP-8
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