Resolución de 28 de julio de 2011, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Rosas nº 2 a inscribir una escritura de manifestación de herencia.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 235, 29 de Septiembre de 2011III - Otras Disposiciones › Ministerio de Justicia

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Resolución de 28 de julio de 2011, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Rosas nº 2 a inscribir una escritura de manifestación de herencia.

En el recurso interpuesto por el notario de Figueras, don José Antonio De Diego Vallejo, contra la negativa de la registradora de la propiedad de Rosas número 2, doña Ester Sais Re, a inscribir una escritura de manifestación de herencia.

Hechos

I

Mediante escritura autorizada por el notario de Figueras, don José Antonio De Diego Vallejo, del día 19 de enero de 2011, bajo en número 48 de su protocolo, se formalizó documento de liquidación de sociedad conyugal y manifestación de herencia por el que doña I. T. o I. A. T., viuda, de nacionalidad rusa, domiciliada en la región de Novosibirsk, de Rusia, tras exponer que su esposo don S. A. T., falleció en Rusia el 10 de abril de 2010, liquidó la sociedad conyugal disuelta de su matrimonio, adjudicándose una mitad indivisa de la finca registral número 7615 de Castelló d’Empuries y aceptó la herencia del causante, adjudicándose la otra mitad indivisa de la finca. A la escritura se incorporaron fotocopias del certificado de defunción expedido en Rusia y un «certificado de derecho a la herencia por Ley», expedido por un notario ruso, en el que se certifica que «según lo establecido en el artículo 1142 del Código Civil de la Federación Rusa, la heredera de los bienes de S. A. T., fallec...

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