Orden DEF/789/2013, de 29 de abril, por la que se crean ficheros de datos de carácter personal en el ámbito del Ejército del Aire.

MarginalBOE-A-2013-4873
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece un conjunto de medidas para garantizar, y proteger, en lo concerniente al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.

El artículo 20.1 de la referida ley determina que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente. Del mismo modo, la disposición adicional primera de esta ley ordena a las Administraciones Públicas responsables de ficheros aprobar la disposición de creación de los mismos.

En el Ministerio de Defensa, el Ejército del Aire gestiona determinados ficheros que se crearon al amparo del Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal y del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que contengan Datos de Carácter Personal.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por el Real Decreto1720/2007, de 21 de diciembre, que deroga los citados reales decretos, obliga al Ministerio de Defensa a adecuar estos ficheros a lo dispuesto en este reglamento.

Finalmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 37.h) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, este proyecto ha sido informado previamente por la Agencia Española de Protección de Datos.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Creación de ficheros.

Se crean los ficheros de datos de carácter personal del Ejército del Aire, que se describen en el anexo I de esta orden.

Disposición final única Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de abril de 2013.–El Ministro de Defensa, Pedro Morenés Eulate.

ANEXO I Relación de ficheros con datos de carácter personal de diversos órganos del Ejército del Aire (EA)

Dirección de Sanidad del EA (DISAN):

  1. Fichero de tarjetas de la farmacia militar de la DISAN del EA.

    Farmacia del Cuartel General del Ejército del Aire (CGEA):

  2. Fichero de Clientes/Pacientes de la Farmacia del CGEA.

  3. Fichero de Libro Recetario y Estupefacientes de la Farmacia del CGEA.

  4. Fichero de graduación de pacientes y facturación Óptica de la Farmacia del CGEA.

    Centro de Farmacia del Aire en Las Palmas (CEFARCA):

  5. Fichero de Tarjetas de Farmacia del CEFARCA.

  6. Fichero de Libro Recetario y Estupefacientes de la Farmacia del CEFARCA.

    Farmacia de la Academia Básica del Aire (ABA):

  7. Fichero de Clientes/Pacientes de la Farmacia de la ABA.

  8. Fichero de Libro Recetario y Estupefacientes de la Farmacia de la ABA.

    Farmacia de la Academia General del Aire (AGA):

  9. Fichero de clientes/pacientes de la Farmacia de la AGA.

  10. Fichero de Libro Recetario y Estupefacientes de la Farmacia de la AGA.

    Farmacia de la Base Aérea de Cuatro Vientos:

  11. Fichero de clientes/pacientes de la Farmacia de la BA de Cuatro Vientos.

  12. Fichero de Libro Recetario y Estupefacientes de la Farmacia de la BA de Cuatro Vientos.

    Farmacia de la Base Aérea de Torrejón:

  13. Fichero de clientes/pacientes de la Farmacia de la BA de Torrejón.

  14. Fichero de Libro Recetario y Estupefacientes de la Farmacia de la BA de Torrejón.

    Farmacia de la Base Aérea de Armilla:

  15. Fichero de clientes/pacientes de la Farmacia de la BA de Armilla.

  16. Fichero de Libro Recetario y Estupefacientes de la Farmacia de la BA de Armilla.

    Centro de Farmacia del Aire en Madrid (CEFARMA):

  17. Fichero de Tarjetas de Farmacia del CEFARMA.

  18. Fichero de clientes/pacientes de la Farmacia del CEFARMA.

  19. Fichero de Libro Recetario y Estupefacientes de la Farmacia del CEFARMA.

    Centro de Farmacia del Aire en Sevilla (CEFARSE):

  20. Fichero de Tarjetas de Farmacia del CEFARSE.

  21. Fichero de clientes/pacientes de la Farmacia del CEFARSE.

  22. Fichero de Libro Recetario y Estupefacientes de la Farmacia del CEFARSE.

    Centro de Farmacia del Aire en Zaragoza (CEFARZA):

  23. Fichero de Tarjetas de Farmacia del CEFARZA.

  24. Fichero de clientes/pacientes de la Farmacia del CEFARZA.

  25. Fichero de Libro Recetario y Estupefacientes de la Farmacia del CEFARZA.

    Farmacia de la Base Aérea de Matacán:

  26. Fichero de clientes/pacientes de la Farmacia de la BA de Matacán.

  27. Fichero de Libro Recetario y Estupefacientes de la Farmacia de la BA de Matacán.

    Farmacia de la Base Aérea de Albacete:

  28. Fichero de clientes/pacientes de la Farmacia de la BA de Albacete.

  29. Fichero de Libro Recetario y Estupefacientes de la Farmacia de la BA de Albacete.

    Farmacia de la Base Aérea de Morón:

  30. Fichero de clientes/pacientes de la Farmacia de la BA de Morón.

  31. Fichero de Libro Recetario y Estupefacientes de la Farmacia de la BA de Morón.

    Dirección de Sanidad del EA (DISAN)

  32. Fichero de tarjetas de farmacia militar de la DISAN del EA.

    1. Finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo: Gestión y expedición de la tarjeta de farmacia militar en el EA, para su uso en los servicios farmacéuticos de las Fuerzas Armadas.

    2. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Empleados. Beneficiarios.

    3. Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal. Otras personas físicas distintas del afectado o su representante.

    4. Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

      Descripción de los tipos de datos:

      1. Identificativos: Nombre y apellidos, NIF / DNI, Dirección, Firma / Huella, Imagen / Voz, Tarjeta ISFAS, certificado convivencia.

      2. Características personales: Datos de familia, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, nacionalidad, edad, sexo.

      3. Circunstancias sociales: Situación militar.

      4. Detalles del empleo: Profesión, puesto de trabajo.

      Sistema de tratamiento: Manual.

    5. Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No se prevén cesiones.

    6. Órgano de la Administración responsable de fichero: Ministerio de Defensa. Ejército del Aire. Mando de Personal. Dirección de Sanidad.

    7. Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Cuartel General del Ejército del Aire. Mando de Personal. Dirección de Sanidad. C/ Romero Robledo 8, 28008, Madrid.

    8. Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible: Nivel básico.

      Farmacia del Cuartel General del Ejército del Aire (CGEA)

  33. Fichero de Clientes/Pacientes de la Farmacia del CGEA.

    1. Finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo: Fichero para la gestión de la correcta dispensación de medicamentos y productos sanitarios a pacientes/clientes, sus saldos de cuentas, elaboración de facturas y actividades de atención farmacéutica.

    2. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Empleados. Pacientes. Beneficiarios.

    3. Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal.

    4. Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

      Descripción de los tipos de datos:

      1. Identificativos: Nombre y apellidos, NIF / DNI, Dirección, Teléfono, N.º Seg. Social / Mutualidad, N.º Registro de personal.

      2. Transacciones de bienes y servicios: Bienes y servicios recibidos por el afectado.

      3. Datos especialmente protegidos: Salud.

      Sistema de tratamiento: Automatizado.

    5. Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No se prevén cesiones.

    6. Órgano de la Administración responsable de fichero: Ministerio de Defensa. Ejército del Aire. Agrupación del Cuartel General del Ejército del Aire. Farmacia del Cuartel General del Ejército del Aire.

    7. Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Agrupación del Cuartel General del Ejército del Aire. Farmacia del CGEA. Romero Robledo 2, 28008, Madrid.

    8. Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible: Nivel alto.

  34. Fichero de Libro Recetario y Estupefacientes de la Farmacia del CGEA.

    1. Finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo: Fichero para el control de la dispensación de estupefacientes, psicótropos, medicamentos de especial control médico, fórmulas magistrales y otros, así como la conservación y custodia de la receta médica, para dar cumplimiento a la legislación vigente en materia sanitaria.

    2. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Empleados. Pacientes. Beneficiarios. Médicos.

    3. Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal. Otras personas físicas distintas del afectado o su representante.

    4. Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

      Descripción de los tipos de datos:

      1. Identificativos: Nombre y apellidos, NIF / DNI, Firma / Huella, N.º Seg. Social / Mutualidad, Tarjeta sanitaria, Número colegiado y nombre y apellidos del médico.

      2. Características personales: Fecha de nacimiento.

      3. Transacciones de bienes y servicios: Bienes y servicios recibidos por el afectado.

      4. Datos especialmente protegidos: Salud.

      Sistema de tratamiento: Mixto.

    5. Cesiones de...

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