Resolución de 4 de diciembre de 1991, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se establece el procedimiento, condiciones y requisitos necesarios para el otorgamiento de autorizaciones, con carácter temporal y experimental, a titulares de estaciones de aficionado para la utilización de la banda de 50,0 MHz a 50,2 MHz.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 10, 11 de Enero de 1992I - Disposiciones Generales › Ministerio de Obras Públicas y Transportes

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Resolución de 4 de diciembre de 1991, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se establece el procedimiento, condiciones y requisitos necesarios para el otorgamiento de autorizaciones, con carácter temporal y experimental, a titulares de estaciones de aficionado para la utilización de la banda de 50,0 MHz a 50,2 MHz.

EL COLECTIVO DE RADIOAFICIONADOS HA VENIDO MANIFESTANDO A ESTE CENTRO DIRECTIVO UN CRECIENTE INTERES POR QUE SE AUTORICE LA REALIZACION DE EXPERIMENTOS Y ESTUDIOS TECNICOS UTILIZANDO FRECUENCIAS DE LA BANDA 47 A 68 MHZ, QUE ACTUALMENTE ESTA ATRIBUIDA AL SERVICIO DE RADIODIFUSION POR LA NOTA DE UTILIZACION UN-15 DEL CUADRO NACIONAL DE ATRIBUCION DE FRECUENC...

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