Resolución de 12 de diciembre de 2013, del Fondo Español de Garantía Agraria, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la realización de los trabajos de control asistido por teledetección de las superficies de los regímenes de ayuda incluidos en la solicitud única, a realizar en el año 2013.

MarginalBOE-A-2013-13790
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da publicidad al Convenio de colaboración suscrito entre el Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria y la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco, para la realización de los trabajos de control asistido por teledetección de las superficies de los regímenes de ayuda incluidos en la solicitud única, a realizar en el año 2013, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 12 de diciembre de 2013.–El Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, Fernando Miranda Sotillos.

ANEXO. Convenio de colaboración entre el Fondo Español de Garantía Agraria y la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la realización de los trabajos de control asistido por teledetección de las superficies de los regímenes de ayuda incluidos en la solicitud única, a realizar en el año 2013

En Madrid, 26 de noviembre de 2013.

REUNIDOS

De una parte, don Fernando Miranda Sotillos, Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, en virtud del Real Decreto 127/2006, de 3 de febrero («BOE» del 4), por el que se dispone su nombramiento, y actuando conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 6 en relación con la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de las competencias que se le atribuyen por el artículo 4.2.f) del Estatuto del FEGA, aprobado por Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre, y modificado por el Real Decreto 1516/2006, de 7 de diciembre, por el Real Decreto 805/2011, de 10 de junio y por el Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero.

Y de otra, doña María Aranzazu Tapia Otaegui, Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco, en virtud del Decreto 23/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de nombramiento de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por el que se dispone su nombramiento, y actuando conforme a las atribuciones que le confiere el ejercicio de las competencias establecidas en los artículos 26 y 28 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, y cuantas le atribuya la legislación vigente en el ámbito de las funciones y áreas de actuación que corresponden al Departamento en virtud del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, y por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 18 de junio de 2013.

Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que el Fondo Español de Garantía Agraria (en adelante FEGA), organismo autónomo dependiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, actúa, por la parte estatal, en el ejercicio de las competencias que le corresponden en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica del inciso 13.º del artículo 149.1 de la Constitución española.

Segundo.

Que la Comunidad Autónoma del País Vasco actúa, por la parte autonómica, ostentando la competencia en materia de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR