Ley Organica 10/1980, de 11 de Noviembre, de Enjuiciamiento oral de delitos dolosos, menos graves y Flagrantes.

Abogados Penal

Extracto


Ley Organica 10/1980, de 11 de Noviembre, de Enjuiciamiento oral de delitos dolosos, menos graves y Flagrantes.

Don Juan Carlos I, rey de España A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y yo vengo a sancionar la siguiente Ley Organica:

Articulo primero.

Uno. El procedimiento regulado en esta Ley se aplicara al enjuiciamiento de los delitos dolosos perseguibles de oficio, que a continuacion se señalan:

Primero.-los castigados con pena privativa de libertad no superior a seis meses o con cualesquiera otras penas de distinta naturaleza, bien sean unicas, conjuntas o alternativas, s...

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