Orden de 27 de enero de 1990 por la que se dispone la Emision de deuda del estado durante 1990 y enero de 1991.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 27, 31 de Enero de 1990I - Disposiciones Generales › Ministerio de Economia y Hacienda

Enlazado como:
Abogados Fiscal

Extracto


Orden de 27 de enero de 1990 por la que se dispone la Emision de deuda del estado durante 1990 y enero de 1991.

El artículo 101, número siete, de La Ley general presupuestaria, según el Texto Refundido aprobado por Real Decreto legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, dispone que la Emision o contratación de deuda pública habrá de ser autorizada, en todo casó, por el Ministerio de Economía y Hacienda, y el artículo 104 de la misma ley establece las facultades del Ministerio de Economía y Hacienda en Relacion con la Emision colocación y Gestion de la deuda pública.

Por otra parte, el Real Decreto por el que se dispone la creación de deuda del estado durante 1990 establece que El Ministro de economía y Hacienda podrá autorizar durante 1990 la Emision o contratación de la deuda del estado hasta un importe que no supere el límite fijado en el artículo 6. Del Real Decreto-Ley 7/1989, de 29 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, Financiera y tributaria. Está Norma prorrogó, por su mismo importe y condiciones, la autorización prevista para 1989 en el artículo 58 de La Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del estado para 1989. Asimismo, estableció los criterios generales a los que El Ministro debe ceñir el ejercicio de sus facultades, destacándose la continuidad en los instrumentos y reglas de procedimiento, junto con la incorporación de todo cuanto en uno u otro aspecto pueda redundar en benefició de los mercados de deuda y financieros en general y prosiguiendose en la total acomodación a lo previsto en La Ley 24/1988, de 28 de Julio, del Mercado de Valores.

La orden de 27 de enero de 1989, recopiló los instrumentos, técnicas de Emision y procedimiento de Gestion aplicables a la deuda del estado emitida en España por lo que parece conveniente mantenerla cómo Marco de referencia incorporando las modificaciones que la experiencia del último año aconseja introducir.

Por consiguiente, de acuerdo con los criterios establecidos por el Gobierno, he dispuesto:

1.

Importe de la deuda a emitir

1.1 La Dirección general del tesoro y Politica Financiera emitirá durante 1990, en nombre del estado y por mi delegación, deuda del estado, en las modalidades a las que se refieren los números posteriores de está orden, por el importe nominal que resulte aconsejable en función de las peticiones de suscripción recibidas, de las condiciones de las mismas y de las generales de los mercados, de modo que sumando lo emitido o contraído en enero de 1990, en virtud de lo dispuesto en el número 1.2 de la orden de 27 de enero de 1989, y lo que se emita o contraiga durante todo el año en ...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía