Resolución de 12 de mayo de 2014, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se certifican tres sistemas solares, modelos Tradesol CN 160 L, Tradesol CN 200 L y Tradesol CN 320 L, fabricados por Nobel International EAD.

MarginalBOE-A-2014-7724
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Energía y Turismo
Rango de LeyResolución

Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud presentada por «Nobel Interantional EAD», con domicilio en 48 Vitosha Elin Pelin 2100 Sofia, para la certificación de tres sistemas solares, fabricados por «Nobel International EAD» en su instalación industrial ubicada en Bulgaria.

Resultando que por el interesado se han presentado los dictámenes técnicos emitidos por los laboratorios de captadores solares:

Clave Laboratorio
6032DE, 6030DE1, 6032-F1 Demokritos
6032DE, 6030DE1, 6032-F1 Demokritos
6032DE, 6030DE1, 6032-F1 Demokritos
Habiendo presentado, asimismo, el interesado certificado en el que la entidad «DQS GmbH» confirma que «Nobel Interantional EAD», cumple los requisitos de calidad exigibles de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas para paneles solares, actualizadas por la Orden IET/401/2012, de 28 de febrero

Y que por todo lo anterior se ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumplen todas las especificaciones sobre exigencias técnicas de los paneles solares, con arreglo a su última actualización por la Orden IET/401/2012, de 28 de febrero.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto certificar los citados productos, con las contraseñas de certificación:

Modelo Contraseña
Tradesol CN 160 L SST.18414
Tradesol CN 200 L SST.18514
Tradesol CN 320 L SST.18614
Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de resolución

La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo de los modelos o tipos certificados son las que se indican a continuación.

Esta certificación se ajusta a las normas e instrucciones técnicas, complementarias para la homologación de los paneles solares, actualizadas por la Orden IET/401/2012, de 28 de febrero. Asimismo, el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes contado...

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