Orden CUL/314/2010, de 16 de febrero, por la que se modifican los grupos de edad para la calificación de las películas cinematográficas y otras obras audiovisuales.

Fecha de Entrada en Vigor19 de Febrero de 2010
MarginalBOE-A-2010-2627
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, tiene por objeto la regulación de la calificación de las películas cinematográficas y otras obras audiovisuales, su nacionalidad, el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales, normas para las salas de exhibición, regulación de las coproducciones con empresas extranjeras, medidas de fomento y órganos colegiados con competencias consultivas en dichas materias.

En relación con la calificación de las películas y otras obras audiovisuales, la disposición final segunda del citado Real Decreto prevé que, cuando razones técnicas o de oportunidad así lo aconsejen, el Ministro de Cultura podrá modificar las calificaciones de las películas por grupos de edad a las que se refiere su artículo 5, oídas las Comunidades Autónomas.

El proceso de elaboración de esta norma se ha desarrollado en el marco de diversas consultas con expertos en el ámbito educativo, en el ámbito de la defensa de los consumidores y usuarios, en materia de igualdad y política social, así como con asociaciones y entidades representativas de madres y padres de alumnos. Así mismo, se ha procedido a examinar cuál es la práctica que se sigue a estos efectos en otros países de nuestro entorno, así como el funcionamiento de la calificación por edades en otros contextos que presentan una relativa similitud con el sector audiovisual, como es el caso de los videojuegos.

De este proceso de reflexión, de estudio y de consultas, ha resultado la conclusión de la oportunidad de introducir en España la categoría de «No recomendada para menores de dieciséis años», así como de ajustar el actual tramo de edad de trece años a doce años. Es prácticamente unánime la opinión de los expertos en el sentido de que entre las vigentes franjas que comprenden los 13 y los 18 años existe un espacio de tiempo demasiado grande que no refleja suficientemente la necesaria evolución en la formación de la persona. De donde resulta una consecuencia claramente negativa en materia de calificación, al no permitir la diferenciación de las películas en función de un público tan heterogéneo. Por otro lado, se ha...

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