LEY 3/1997, de 16 de Junio, sobre Drogodependencias y Otros trastornos adictivos.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 0171, 18 de Julio de 1997I - Disposiciones Generales › Comunidad Autonoma Valenciana

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LEY 3/1997, de 16 de Junio, sobre Drogodependencias y Otros trastornos adictivos.

Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que las Cortes Valencianas han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley. PREÁMBULO

I. El uso, abuso y la dependencia de drogas, en sus dimensiones actuales es uno de los problemas de mayor gravedad con el que se enfrentan las sociedades occidentales modernas afectando prácticamente a todos los sectores de la población pero principalmente a las personas jóvenes de dieciocho a treinta y cinco años y viéndose cada vez más en menores de dieciocho años y en la etapa escolar, con repercusiones dramáticas en la esfera individual, familiar y social y en el empleo productivo. A este problema se añaden una serie de adicciones no producidas por sustancias químicas que generan trastornos adictivos con indudable repercusión social y económica.

A los consumos tradicionales, y socialmente aceptados, de las denominadas drogas institucionalizadas o socialmente aceptadas, como las bebidas alcohólicas y el tabaco, unido a los trastornos adictivos institucionalizados, como la ludopatía, se han incorporado a nuestra cultura el uso y/o abuso de drogas no institucionalizadas, de consumo prevalente en otras culturas, como es el caso de la heroína, la cocaína o los derivados del «cannabis». Por otra parte, el desarrollo científico-técnico ha favorecido la aparición de un fenómeno sociocultural, sin precedentes en los modos de consumo anteriores, el de las «drogas de diseño o de síntesis», quizás alentado por la falsa creencia en su inocuidad y por la dificultad legal, bien conocida por los traficantes, de perseguir nuevas sustancias no reconocidas legalmente como drogas en el momento de su síntesis.

La Comunidad Valenciana, como el resto de Comunidades Autónomas de España y otras regiones de la Unión Europea, no es ajena a este fenómeno, que se manifestó con especial preocupación para la sociedad valenciana al principio de la década de los ochenta. La respuesta inicial al problema surgió, por una parte, del sistema sanitario y social, junto con la iniciativa social, que se constituyó, inicialmente, por asociaciones de autoayuda y de familiares de drogodependientes, que han ido evolucionando hacia estructuras semiprofesionales, y por otra, de las Entidades Locales, que promovieron la creación de recursos de atención y prevención de las drogodependencias.

La Generalidad Valenciana, consciente de las dimensiones del problema en nuestra Comunidad, y en función de la demanda social imperante en aquel momento, aprobó en 1986, en línea con el Plan Nacional sobre Drogas (PNsD) puesto en marcha en 1985, el Plan Autonómico Valenciano de Lucha contra la Droga (PAVLcD), que tuvo como consecuencia más inmediata la aprobación del Decreto 232/1991, de 9 de diciembre, en el que el Consejero de la Generalidad creó una organización político-administrativa propia que aumentaba los esfuerzos y mejoraba la coordinación, eficacia y agilidad de las Administraciones Públicas valencianas frente al problema. A esta disposición, y en desarrollo del mencionado plan, han seguido otras normas impulsadas por el Gobierno Valenciano que han profundizado, ante la evolución del fenómeno, en la necesidad de la coordinación interinstitucional y con la iniciativa social se han establecido normas sobre la autorización para el funcionamiento de centros y servicios de atención y prevención de las drogodependencias (Decreto 233/1992, de 28 de diciembre, del Gobierno Valenciano), sobre tratamientos con sustitutivos opiáceos a personas dependientes de los mismos y se ha regulado, con carácter anual, diversos instrumentos financieros y técnicos para el fomento de las actividades que en la materia desarrollan las entidades locales y las organizaciones no gubernamentales. Asimismo, las drogodependencias tienen la consideración de área de intervención prioritaria en el Plan de Ordenación de los Servicios Sociales de la Comun...

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