Orden JUS/2474/2007, de 27 de julio, por la que se modifica la Orden JUS/1294/2003, de 30 de abril, por la que se determinan los ficheros automatizados con datos de carácter personal del departamento y de sus organismos públicos.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 192, 11 de Agosto de 2007III - Otras Disposiciones › Ministerio de Justicia

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Orden JUS/2474/2007, de 27 de julio, por la que se modifica la Orden JUS/1294/2003, de 30 de abril, por la que se determinan los ficheros automatizados con datos de carácter personal del departamento y de sus organismos públicos.

Mediante Orden JUS/1294/2003, de 30 de abril, se regulan los ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Justicia y sus Organismos Públicos, conteniendo en dos anexos la relación y descripción de los distintos ficheros automatizados.

Dicha Orden fue modificada por la Orden JUS/4166/2004, de 30 de noviembre, con la finalidad de incorporar a la misma cinco ficheros nuevos de datos de carácter personal destinados a gestionar los Planes de Pensiones de la Administración General del Estado en el ámbito del Ministerio de Justicia y de los Organismos Públicos adscritos al mismo.

Posteriormente, la Orden JUS/283/2006, de 1 de febrero, volvió a modificarla por segunda vez, con objeto de crear tres nuevos ficheros relativos, respectivamente a intervinientes en cuentas de depósitos y consignaciones judiciales y a terceros que operan con tales cuentas, por una parte, y por otra, a la nómina del personal al servicio de la Administración de Justicia.

Más recientemente, la Orden JUS/837/2007, de 29 de marzo, ha vuelto a modificarla por tercera vez para crear un fichero relativo a los expedientes tramitados en los Registros Civiles y modificar algunos extremos de los ficheros de Nacionalidad e INFOREG1 preexistentes.

La presente Orden modifica por cuarta vez la Orden JUS/1294/2003, de 30 de abril, con la finalidad de crear nuevos ficheros referidos al control de acceso a los edificios y al tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras, a las convocatorias de pruebas de acceso a las carreras judicial y fiscal, a los procesos selectivos para acceso a los Cuerpos de la Administración de Justicia, a la dispensa del requisito de nacionalidad para ejercer la abogacía o la procura, a la expedición del título de procurador de los tribunales, al Registro Central para la protección de las víctimas de la violencia doméstica, a los títulos nobiliarios, al directorio interno de usuarios (LDAP), al Registro de Pólizas de Seguros con cobertura de fallecimiento, a la gestión de ayudas económicas para estudios y preparación de oposiciones, a la mediateca del Centro de Estudios Jurídicos en la que se almacenan ficheros que sirven como material docente y al Registro de Entidades Religiosas. Asimismo, modifica algunos extremos de los ficheros preexistentes.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros automatizados de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Es...

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