Orden PRE/1216/2005, de 29 de abril, por la que se regula la gestión de determinada producción de azúcar exenta del pago de la cotización a la producción.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 108, 6 de Mayo de 2005I - Disposiciones Generales › Ministerio de la Presidencia

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Orden PRE/1216/2005, de 29 de abril, por la que se regula la gestión de determinada producción de azúcar exenta del pago de la cotización a la producción.

ORDEN PRE/1216/2005, de 29 de abril, por la que se regula la gestión de determinada producción de azúcar exenta del pago de la cotización a la producción.

El Reglamento (CE) n.º 314/2002, de la Comisión, de 20 de febrero de 2002, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de cuotas en el sector del azúcar, dispuso en el apartado 2, letras f) y h), del artículo 1, que las cantidades de azúcar invertido y de jarabes que fuesen destinadas a su transformación en alcohol o en ron, respetando los criterios de pureza y contenido fijados en el mismo, no entrarían en el cálculo de la producción de azúcar a efectos del pago de las correspondientes cotizaciones a la producción.

Dicho Reglamento se ha modificado recientemente por el también Reglamento (CE) n.º 38/2004 de la Comisión, de 9 de enero, mediante la adopción de una serie de medidas que afectan, entre otros, a tres aspectos básicos de aquella regulación: en primer lugar, la extensión de la medida exonerativa del cálculo de producción de azúcar a las cantidades de jarabes que se destinarán a la producción de levaduras vivas; en segundo lugar, al establecimiento de un sistema de control de las empresas de transformación de azúcar en alcohol o en ron o de producción de levaduras mediante su pertinente acreditación; y, en tercer lugar, y respecto de las empresas productoras de azúcar, a la obligación de formular declaraciones con carácter previo a las entregas del producto con destin...

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