Orden INT/781/2014, de 8 de mayo, por la que se corrigen errores de la Orden INT/646/2014, de 23 de abril, por la que se publica la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la atención a las víctimas del terrorismo.

MarginalBOE-A-2014-5137
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyOrden

En el apartado octavo, número 3, letras a) y b), página 32881, donde dice «

  1. El número de heridos reconocidos legalmente o familiares de fallecidos beneficiarios directos del proyecto. A tales efectos se tendrán en cuenta:

    i. Número de beneficiarios directos del programa heridos físicos o psíquicos reconocidos legalmente o familiares de fallecidos superior al 80 % (20 puntos).

    ii. Número de beneficiarios directos del programa heridos físicos o psíquicos reconocidos legalmente o familiares de fallecidos entre el 50 % y el 80 % (10 puntos).

    b) Capacidad organizativa y técnica para el cumplimiento de los programas presentados. Se valorará:

    i. Los recursos humanos, teniendo en cuenta al personal técnico con experiencia y formación acerca del colectivo al que se dirige (4 puntos).

    ii. La programación y existencia de un cronograma de actividades, basadas en un estudio de necesidades (6 puntos).

    iii. La suficiencia y adecuación de los recursos materiales que se empleen para el desarrollo del programa (5 puntos) » debe decir «

  2. El número de víctimas o familiares de víctimas beneficiarios directos del proyecto. A tales efectos se tendrán en cuenta:

    i. Número de víctimas o familiares de víctimas beneficiarios directos del programa superior al 80 % (20 puntos).

    ii. Número de víctimas o familiares de...

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