Real Decreto 1901/2009, de 4 de diciembre, por el que se designa a determinadas empresas como suministradores de último recurso de gas natural.

MarginalBOE-A-2009-21145
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyReal Decreto

El artículo 82 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, establece que el Gobierno determinará qué comercializadores asumirán la obligación de suministro de último recurso.

En cumplimiento de lo dispuesto en dicho artículo, la disposición adicional segunda del Real Decreto Ley 6/2009, de 30 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social, designa las empresas comercializadoras de gas natural que asumen la obligación de suministro de último recurso, entre las que figura la empresa «Gas Natural Servicios, S. A.»

En virtud de Resolución de 20 de mayo de 2009, la Dirección General de Política Energética y Minas autorizó la unificación de la comercialización de último recurso de gas natural y electricidad del Grupo Gas Natural en la empresa «Gas Natural S.U.R. SDG, S. A.», que la viene ejerciendo desde el 1 de julio de 2009 en relación al gas natural y desde el 1 de octubre de 2009 en relación a la electricidad.

Habilitado por el apartado 3 de la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, donde se establece que el Gobierno podrá revisar las empresas que asumirán la obligación de suministro de último recurso conforme a lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, ante la actual reorganización empresarial del sector y con el fin de que los posibles clientes de último recurso no vean afectado su derecho a este régimen de suministro, se procede a designar a las empresas «GEM Suministro Sur 1, S. L.», y «Gem Suministro Sur 2, S. L.», como suministradores de último recurso.

Por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 24 de agosto de 2009 se autorizó a la empresa «Gem Suministro Sur 1, S. L.», a ejercer la actividad de comercialización de gas natural y se procedió a su inscripción en la sección segunda del Registro Administrativo de distribuidores, comercializadores y consumidores directos en mercado de combustibles gaseosos por canalización.

Por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 24 de agosto de 2009 se autorizó a la empresa «Gem Suministro Sur 2, S. L.», a ejercer la actividad de comercialización de gas natural y se procedió a su inscripción en la sección segunda del Registro Administrativo de distribuidores, comercializadores y consumidores directos en mercado de combustibles gaseosos por canalización.

La presente disposición ha sido informada por la Comisión Nacional de Energía con fecha 29 de octubre de 2009 y se ha tramitado conforme a lo establecido en el artículo 82 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria, Turismo y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de diciembre de 2009,

DISPONGO:

Artículo único Designación de comercializadores de último recurso de gas natural.

Las empresas comercializadoras de gas natural «Gem Suministros Sur 1, S. L.», y «Gem Suministros Sur 2, S. L.», asumen, desde el momento en que inicien su actividad, la obligación de suministro de último recurso de gas natural en el territorio peninsular e islas Baleares desde el momento de su integración en el sistema gasista, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.

Disposición final única Efectos.

El presente real decreto producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 4 de diciembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Industria, Turismo y Comercio,

MIGUEL SEBASTIÁN GASCÓN

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