ORDEN DE 28 DE FEBRERO DE 1995 por la que se desarrolla la Estructura organica y Funciones de los Servicios centrales y Territoriales de la Direccion general de la Policia.

MarginalBOE-A-1995-5812
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1334/1994, de 20 de junio, de estructura básica del Ministerio de Justicia e Interior, regula, en su artículo 15, la estructura y funciones de la Dirección General de la Policía. A su vez, en su disposición final primera, faculta al Ministro de Justicia e Interior para dictar las disposiciones necesarias que exija su desarrollo y aplicación.

De acuerdo con ello, se procede con esta norma a establecer la organización central y territorial de la Dirección General de la Policía, adecuándola al momento presente.

Por cuanto antecede, previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, he dispuesto:

Los servicios centrales y territoriales de la Dirección General de la Policía tendrán la estructura y funciones que a continuación se especifican:

TITULO I

Organización central

CAPITULO I

Subdirección operativa

Se estructura en las siguientes unidades:

Uno. Secretaría Técnica.-Le corresponderá la misión de apoyar y asistir al Subdirector operativo el ejercicio de las funciones que le son propias, además de la gestión de los recursos humanos y de los medios asignados a la Subdirección Operativa.

Dos. Jefatura de Comisarías Especiales.-Con la misión de coordinar y planificar el funcionamiento de las siguientes Comisarías Especiales:

Casa de Su Majestad El Rey.

Presidencia del Gobierno.

Congreso de los Diputados.

Senado.

Tribunal Constitucional.

Defensor del Pueblo.

Consejo General del Poder Judicial.

Tribunal de Cuentas.

Tres. Grupo Especial de Operaciones.

Cuatro. Brigada Operativa de Apoyo.

Cinco. Grupo de Análisis y Tratamiento de la Información (GATI).

Seis. Unidad adscrita a la Fiscalía General del Estado.

Siete. Unidad de Coordinación y Cooperación Internacional.-Se encargará de gestionar y coordinar los asuntos internacionales de interés policial y los grupos de trabajo que vienen funcionando, en representación de la Dirección General, en el ámbito de la Unión Europea, así como las cuestiones relativas a los agregados y demás funcionarios policiales que presten servicio en el extranjero.

De esta Unidad dependerán:

El Servicio de Cooperación Internacional.

El Servicio de Organos Comunitarios.

Oficina SIRENE.

Ocho. Unidades adscritas a las Comunidades Autónomas.-Las Unidades adscritas a las Comunidades Autónomas, constituidas de conformidad con el Real Decreto 221/1991, de 22 de febrero, dependerán orgánicamente de la Subdirección Operativa y funcionalmente de las autoridades competentes de la correspondiente Comunidad Autónoma, ejerciéndose su mando, dirección, coordinación y control a través de la Jefatura de cada Unidad.

CAPITULO II

Subdirección de Gestión

Se estructura en las siguientes Unidades y Servicios:

Uno. Secretaría Técnica.-Con la misión de prestar asistencia técnica y administrativa al Subdirector de Gestión en el ejercicio de las funciones que le son propias, además de la gestión de los recursos humanos y de los medios asignados a la Subdirección de Gestión.

Dos. Servicio de Planificación de Recursos Humanos.-Con las funciones de análisis de costes de personal y diseño de incentivos al rendimiento.

Tres. Servicio de Programación y Coordinación de Inversiones.-Con funciones de programar las inversiones con criterios de rentabilidad económica y social.

CAPITULO III

Gabinete Técnico

Estará integrado por las siguientes Unidades y Servicios:

Uno. Secretaría Técnica.-Le corresponde conocer y asesorar sobre todo lo concerniente a los planes generales de actuación y proyectos de la organización policial y sus servicios, proporcionando a los órganos de dirección, estudios, documentación y propuestas sobre sistemas, métodos y procedimientos que posibiliten una eficaz gestión y control de los mismos.

Dos. Servicio de Proyectos e Informes.-Le corresponde la elaboración de proyectos normativos y emisión de informes.

Tres. Servicio de Recursos.-Asumirá las funciones de tramitación de recursos en vía administrativa y el seguimiento de los mismos, manteniendo las relaciones que fuesen precisas a tal fin.

Cuatro. Servicio de Relaciones Institucionales.-Ejercerá las misiones de elaboración de informes sobre preguntas e interpelaciones parlamentarias y quejas del Defensor del Pueblo y canalización de quejas e inquietudes de los ciudadanos relativas a la prestación de los servicios policiales.

Cinco. Servicio de Prensa y Relaciones Públicas.-Le corresponde la misión de canalizar, coordinar y realizar las comunicaciones y relaciones con los medios de comunicación y el protocolo del centro directivo.

Seis. Instituto de Estudios de Policía.-Le corresponde promover la modernización y perfeccionamiento de los métodos y técnicas profesionales; la profundización en los conocimientos sobre necesidades sociales en relación a la Policía, y la coordinación de las publicaciones del centro directivo.

CAPITULO IV

Subdirección de Inspección

Estará integrado por las siguientes Unidades y Servicios:

Uno. Secretaría Técnica.-Con la misión de apoyar y asistir al Subdirector de Inspección en el ejercicio de las funciones que le son propias, además de la gestión de los recursos humanos y los medios asignados a la Subdirección.

Dos. Inspección General de Servicios.-Con la misión de inspeccionar las actividades, rendimiento y nivel de eficacia de los servicios y del personal adscrito al centro directivo.

Dependiendo directamente de su titular, existirán los siguientes Servicios:

Servicio de Inspección I.

Servicio de Inspección II.

Servicio de Inspección III.

Servicio de Inspección IV.

Tres. Régimen Disciplinario.-Con la misión de administrar y gestionar el régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía y la prestación de asistencia letrada por actuaciones de carácter profesional.

Dependerá de esta Unidad el Servicio de Gestión de Expedientes.

Cuatro. Asuntos Internos.-Con la misión de vigilar, investigar y perseguir las conductas funcionariales contrarias a la ética profesional.

Cinco. Inspección Médica.-Con la misión de velar por el cumplimiento de las condiciones laborales del personal de la Dirección General de la Policía y prevenir y controlar el absentismo injustificado.

CAPITULO V

Comisaría General de Información

Estará integrada por las Unidades y Servicios que se determinen.

CAPITULO VI

Comisaría General de Policía Judicial

Estará integrada por las siguientes Unidades y Servicios:

Uno. Secretaría Técnica.-Con las misiones de apoyar y asistir al Comisario general en el ejercicio de las funciones que le son propias; estudiar y proponer las líneas básicas de actuación operativa en materia de Policía Judicial y elaborar la estadística criminal.

El Secretario técnico, como segundo Jefe de la Comisaría General, suplirá a su titular en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.

Dos. Servicio Nacional de Inteligencia Criminal (NCIS Europol).-Con la misión de canalizar la colaboración técnica que requiera la organización Europol.

Tres. Brigada de Investigación del Banco de España.

Cuatro. Brigada de Investigación de Delitos Monetarios.

Cinco. Unidad Central Operativa Antiterrorista.-Tendrá a su cargo la operatividad de la información relativa a asuntos de terrorismo. Estará integrada por las siguientes Brigadas:

Primera Brigada Operativa.

Segunda Brigada Operativa.

Seis. Unidad Central de Estupefacientes.-Asumirá la operatividad de la información relativa al tráfico ilícito de estupefacientes y la centralización de datos relativos a este tipo de delincuencia. Estará integrada por las siguientes Brigadas:

Brigada de Investigación.

Brigada de Análisis y Seguimiento de Datos.

Siete. Unidad Central de Policía Judicial.-Tendrá a su cargo la operatividad de la información relativa a asuntos a la delincuencia organizada, económica, internacional y aquella otra cuyas especiales características así lo aconsejen.

Dependerán de la Unidad Central de Policía Judicial las siguientes Brigadas:

Brigada de Delincuencia Violenta y Organizada.

Brigada de Delincuencia Económica y Financiera.

Ocho. Servicio de Interpol.-Tendrá las funciones de cooperación técnica internacional.

Nueve. Servicio de Control de Juegos de Azar.-Con la misión de vigilancia e inspección del cumplimiento de la normativa sobre el juego e investigación de los delitos que se generen en este ámbito.

CAPITULO VII

Comisaría General de Seguridad Ciudadana

Estará integrada por las siguientes Unidades y Servicios:

Uno. Secretaría Técnica.-Con las misiones de apoyar y asistir al Comisario general en el ejercicio de las funciones que le son propias, y el estudio y propuesta de líneas básicas de actuación en materia de seguridad ciudadana, así como la gestión y tramitación de los asuntos relativos al régimen de personal y medios adscritos a la Comisaría General.

El Secretario técnico, como segundo Jefe de la Comisaría General, suplirá a su titular en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.

Dos. Unidad Central de Protección.-Con la misión de organizar, gestionar y ejecutar, a nivel central, la protección de altas personalidades, edificios e instalaciones que por su interés lo requieran, así como de elaborar y proponer metodologías de actuación en estas materias.

Dependerán de esta Unidad las siguientes Brigadas:

Brigada de Escoltas.

Brigada de Protecciones Especiales.

Tres. Jefatura de las Unidades de Intervención Policial.-Tendrá funciones de prevención, mantenimiento y, en su caso, restablecimiento del orden público, y de coordinación y control de dichas Unidades, sin perjuicio de la dependencia...

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