RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2000, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Convenio Colectivo de las Delegaciones Comerciales de 'Compañía Avidesa, Sociedad Anónima'.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 89, 13 de Abril de 2000III - Otras Disposiciones › Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

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RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2000, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Convenio Colectivo de las Delegaciones Comerciales de 'Compañía Avidesa, Sociedad Anónima'.

RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2000, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Convenio Colectivo de las Delegaciones Comerciales de 'Compañía Avidesa, Sociedad Anónima'.

Visto el texto del Convenio Colectivo de las Delegaciones Comerciales de 'Compañía Avidesa, Sociedad Anónima' (código Convenio número 9008162) que fue suscrito con fecha 14 de febrero de 2000, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa en su representación, y de otra, por el Comité de empresa y Delegados de personal en representación de los trabajadores afectados y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.--Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.--Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Madrid, 27 de marzo de 2000.--La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LAS DELEGACIONES COMERCIALES DE 'COMPAÑÍA AVIDESA, SOCIEDAD LIMITADA'

SECCIÓN 1.a ÁMBITOS DE APLICACIÓN

Artículo 1. Ámbito territorial.

El presente Convenio Colectivo regula las relaciones laborales entre la empresa 'Compañía Avidesa, Sociedad Anónima', y sus trabajadores de las Delegaciones Comerciales.

Artículo 2. Ámbito personal.

Quedan comprendidos en el ámbito del presente Convenio todos los trabajadores de las Delegaciones Comerciales de la empresa 'Compañía Avidesa, Sociedad Anónima', tanto fijos, como fijos de carácter discontinuo, eventuales, temporales, etc., excepto los conocidos como sueldos pactados que quedan excluidos del sistema retributivo fijado en el Convenio, si bien, les serán de aplicación el resto de las condiciones pactadas en el mismo.

Artículo 3. Ámbito temporal, prórrogas y denuncia.

El presente Convenio entrará en vigor el día 1 de enero de 2000, y tendrá una duración inicial de cuatro años, finalizando por consiguiente su vigencia el 31 de diciembre de 2003.

No obstante, se prorrogará tácitamente por sucesivos períodos anuales, si ninguna de las partes lo denuncia con una antelación mínima de tres meses a la fecha de su vencimiento inicial, o de cualquiera de sus prórrogas.

La denuncia, cuando se produzca, habrá de comunicarse fehacientemente por la parte que la promueva a la parte negociadora, dejando expresa constancia de su fecha mediante acuse de recibo.

Se mantendrán todas las obligaciones que rigen en el presente Convenio hasta que se registre uno nuevo, que se aplicará en lo posible, con efecto retroactivo a la fecha que se acuerde.

SECCIÓN 2.a GARANTÍAS

Artículo 4. Vinculación a la totalidad.

Las condiciones pactadas en este Convenio constituyen un todo orgánico e indivisible, de forma que la declaración de nulidad de cualquiera de sus cláusulas comportaría la inva...

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