REAL DECRETO 644/2002, de 5 de julio, sobre condiciones básicas que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte de ganado por carretera.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 167, 13 de Julio de 2002I - Disposiciones Generales › Ministerio de la Presidencia

Enlazado como:

Extracto


REAL DECRETO 644/2002, de 5 de julio, sobre condiciones básicas que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte de ganado por carretera.

REAL DECRETO 644/2002, de 5 de julio, sobre condiciones básicas que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte de ganado por carretera.

Los vehículos de transporte son una vía frecuente de propagación de las enfermedades infecciosas del ganado, por ello la desinfección de los vehículos para el transporte de animales constituye una medida eficaz para la prevención y lucha contra estas enfermedades.

En la Ley de Epizootias de 20 de diciembre de 1952 y en su Reglamento aprobado por Decreto de 4 de febrero de 1955, existen numerosas referencias a la necesidad de la desinfección como medida preventiva, y a su forma de aplicación, detallando cómo realizar la desinfección en los diferentes medios de transporte.

Posteriormente, numerosas disposiciones han hecho referencia a la necesidad de la desinfección de los medios de transporte de animales pero sin fijar medidas concretas para su aplicación.

El transporte por carretera es la ví...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía