REAL DECRETO 933/1995, de 9 de Junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la administracion del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Cooperativas, calificacion y Registro administrativo de Sociedades anonimas laborales y Programas de apoyo al empleo.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 0164, 11 de Julio de 1995I - Disposiciones Generales › Ministerio de Administraciones Publicas

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REAL DECRETO 933/1995, de 9 de Junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la administracion del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Cooperativas, calificacion y Registro administrativo de Sociedades anonimas laborales y Programas de apoyo al empleo.

La Constitución Española en el artículo 129.2 encomienda a los poderes públicos el fomento, mediante una legislación adecuada, de las sociedades cooperativas y en el artículo 149.1. 7.ª, 6.ª y 11.ª reserva al Estado la competencia exclusiva en las siguientes materias: legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas; legislación mercantil, y, bases de la ordenación del crédito. Por otra parte, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, y reformado por Ley Orgánica 10/1994, de 24 de marzo, atribuye en su artículo 26.21 a la Comunidad de Madrid la plenitud de la función legislativa sobre cooperativas, respetando la legislación mercantil, y en el artículo 28.13, en ...

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