Resolución 452/38052/2005, de 18 de marzo, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los Centros Docentes Militares de Formación, para el acceso a la Escala Superior de Oficiales de los Cuerpos de Ingenieros de los Ejércitos.

MarginalBOE-A-2005-5111
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN 452/38052/2005, de 18 de marzo, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los Centros Docentes Militares de Formación, para el acceso a la Escala Superior de Oficiales de los Cuerpos de Ingenieros de los Ejércitos.

De conformidad con la Ley 17/1999, de 18 de mayo (BOE número 119, de 19 de mayo), de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, y en aplicación de lo establecido en el artículo 8 del Reglamento General de Ingreso y Promoción enlas Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1735/2000, de 20 de octubre (BOE número 253, de 21 de octubre), vengo en resolver, con arreglo al Real Decreto 124/2005, de 4 de febrero (BOE número 33, de 8 de febrero), por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil, para el año 2005, lo siguiente:

Primero.Convocar pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes militares de formación para el acceso a la Escala Superior de Oficiales de los Cuerpos de Ingenieros de los Ejércitos.

Segundo.Las pruebas selectivas se regirán por las siguientes disposiciones:

Ley 17/1999, de 18 de mayo (BOE número 119, de 19 de mayo), de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.

Real Decreto 1735/2000, de 20 de octubre (BOE número 253, de 21 de octubre), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas.

Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razóndel servicio (BOE número 129, de 30 de mayo).

Orden 280/2001, de 27 de diciembre (BOE número 14, de 16 de enero de 2002), por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos de acceso a las enseñanzas de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales y a la Escala Técnica de Oficiales de los Cuerpos de Ingenieros de los Ejércitos, modificada por la Orden DEF/638/2005, de 14 de marzo (BOE número 64, de 16 de marzo), por la que se establece un nuevo parámetro biológico en las normas por las que han de regirse los procesos selectivos por promoción interna y cambio de Cuerpo para el acceso a las enseñanzas de formación para la incorporación a los diferentes Cuerpos Específicos de los Ejércitos y Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.

Resolución número 400/20912/2003, de 12 de diciembre, del Subsecretario de Defensa sobre indemnizaciones a los alumnos que accedan a la Enseñanza Militar de Formación por Promoción Interna (BOD número 246).

Las bases que se aprueban por esta Resolución y que se publican como anexo a ella.

Tercero.El Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar adoptará las disposiciones necesarias para el desarrollo del proceso selectivo.

Madrid, 18 de marzo de 2005.El Subsecretario, Justo Zambrana Pineda.

ANEXO

Bases de la convocatoria

  1. Objeto de la convocatoria

    Se convocan pruebas selectivas por el sistema de concurso oposición libre para el ingreso en los centros docentes militares de formación, Escala Superior de Oficiales de los Cuerpos de Ingenieros de los Ejércitos, para cubrir un total de 14 plazas, distribuidas de la siguiente forma:

    Ejército Especialidad Acceso directo Promoción interna Cambio de cuerpo

    Tierra.

    Armamento. 2 2

    Construcción. 2

    Telecomunicaciones y Electrónica. 1

    Armada. Ingenieros. 2 1

    Aire. Ingenieros. 1 2 1

    Total 8 3 3

    1.1 A las plazas de acceso directo podrán optar los aspirantes que reúnan las condiciones de las bases 2.1 a 2.9, ambas inclusive.

    Las plazas de acceso directo convocadas para el Ejército de Tierra que queden sin cubrir, se asignarán al resto de los aspirantes que se presenten a las otras especialidades, según titulación exigida en las bases de la presente convocatoria, y atendiendo al orden de puntuación del concurso oposición y al de preferencias que el aspirante haya manifestado en su instancia correspondiente.

    De las plazas de acceso directo convocadas para la Armada se reservará, al menos una, para Ingenieros Navales que, caso de no cubrirse, se añadiría al resto de las titulaciones.

    Para la plaza de acceso directo convocada para el Ejército del Aire se exigirá la titulación de Ingeniero Aeronáutico.

    1.2 A las plazas de promoción interna podrán optar:

    Armada: Los militares de complemento adscritos a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de Ingenieros.

    Ejército del Aire:

    Una plaza para militares de carrera del Cuerpo de Ingenieros.

    Una plaza para militares de complemento adscritos a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de Ingenieros.

    Podrán optar aquellos que se encuentren en posesión de alguno de los títulos requeridos en el punto 2.8.

    1.3 A las plazas de cambio de Cuerpo podrán optar los militares de carrera que se encuentren en posesión de alguno de los títulos requeridos en el punto 2.8.

    Las plazas de Cambio de Cuerpo convocada para el Ejército de Tierra, se asignarán a cualquier especialidad, atendiendo al orden de puntuación del concurso oposición y al de preferencias que el aspirante haya manifestado en su instancia correspondiente.

  2. Condiciones para optar al ingreso Los aspirantes deberán reunir las siguientes condiciones:

    2.1 Tener la nacionalidad española antes de que finalice el plazo de admisión de instancias.

    2.2 Carecer de antecedentes penales.

    2.3 No estar privado de los derechos civiles.

    2.4 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

    2.5 Acreditar buena conducta ciudadana conforme a lo establecido en la Ley 68/1980, de 1 de diciembre, sobre expedición de certificaciones e informes sobre conducta ciudadana.

    2.6 Poseer la aptitud psicofísica que se determina en esta Resolución.

    2.7 No haber cumplido ni cumplir dentro del año 2005 las siguientes edades:

    1. Para las plazas de acceso directo, treinta y tres años con carácter general, excepto para los militares profesionales y miembros de la Guardia Civil, que se establece en treinta y siete años.

    2. Para las plazas de promoción interna y cambio de Cuerpo, treinta y siete años.

      2.8 Estar en posesión o en condiciones de obtener, en el plazo de presentación de solicitudes, alguno de los siguientes títulos:

      Ejército Especialidad fundamental Titulación

      Tierra.

      Armamento.

      Ingeniero Aeronáutico.

      Ingeniero Industrial.

      Ingeniero de Minas.

      Ingeniero Naval y Oceánico.

      Ingeniero de Materiales.

      Ingeniero Químico.

      Ingeniero de Sistemas de Defensa.

      Ingeniero de Armamento y Material.

      Construcción.

      Ingeniero de Caminos Canales y Puertos.

      Ingeniero Aeronáutico.

      Ingeniero Industrial.

      Ingeniero Agrónomo.

      Ingeniero de Montes.

      Arquitecto.

      Ingeniero de Construcción y Electricidad.

      Telecomunicaciones y Electrónica.

      Ingeniero en Electrónica.

      Ingeniero de Telecomunicación.

      Ingeniero en Automática y Electrónica Industrial.

      Ingeniero en Informática.

      Armada. Ingenieros.

      Ingeniero Aeronáutico.

      Ingeniero en Automática y Electrónica Industrial.

      Ingeniero de Caminos Canales y Puertos.

      Ingeniero de Electrónica.

      Ingeniero Industrial.

      Ingeniero en Informática.

      Ingeniero de Materiales.

      Ingeniero de Minas Ingeniero Naval y Oceánico.

      Ingeniero Químico.

      Ingeniero de Organización Industrial.

      Ingeniero de Armas Navales.

      Ingeniero de Sistemas de Defensa.

      Ingeniero de Telecomunicación.

      Aire. Ingenieros.

      Acceso directo:

      Ingeniero Aeronáutico.

      P romoción interna y cambio de Cuerpo:

      Ingeniero Aeronáutico.

      Ingeniero en Automática y Electrónica Industrial.

      Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.

      Ingeniero en Electrónica.

      Ingeniero de Materiales.

      Ingeniero Industrial.

      Ingeniero de Geodesia y Cartografía.

      Ingeniero en Informática.

      Ingeniero de Telecomunicación.

      Ingeniero Químico.

      Ingeniero de Sistemas de Defensa.

      A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtenerlo cuando antes de dicho plazo se haya superado el correspondiente plan de estudios que permite acceder a dicha titulación.

      2.9 No tener reconocida la condición de objetor de conciencia, ni estar en trámite su solicitud.

      2.10 El personal militar que opte por las plazas reservadas para promoción interna y cambio de Cuerpo, deberá, además, cumplir las siguientes condiciones:

    3. Encontrarse en la situación de servicio activo, servicios especiales o en los supuestos e) y f) de la situación de excedencia voluntaria contemplados en el artículo 141.1 de la Ley 17/1999.

    4. No superar el número máximo de tres convocatorias, entendiéndose que se ha consumido una convocatoria una vez que el aspirante ha sido incluido en la lista de admitidos, salvo cuando seencuentre destinado en unidades militares con misiones fuera del territorio nacional y que por razones del servicio no pueda participar en el proceso selectivo para optar a las plazas que se hayan convocado, siempre que lo solicite antes del inicio de la primera prueba.

    5. No tener anotadas con carácter firme en su documentación militar personal sanciones disciplinarias por faltas graves o sanciones disciplinarias extraordinarias. A estos efectos no se tendrán en consideración aquellas respecto a las cuales hubieran transcurrido los plazos establecidos en el artículo 72 de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

    6. Para promoción interna, como militar de complemento, llevar al menos cuatro años de tiempo de servicios en su Ejército como tales en la fecha de incorporación al Centro de Enseñanza Militar y tener en vigor, en la fecha de incorporación al centro de enseñanza militar el correspondiente compromiso como militar de complemento.

    7. Para promoción interna, como militar de carrera, llevar al menos dos años de tiempo de servicios en su Escala en la fecha de incorporación al Centro de Enseñanza Militar.

    8. Para Cambio de Cuerpo, no haber alcanzado el tercer empleo en su Escala de origen.

    9. Para promoción interna, como militar de complemento, empleos: Alférez o Teniente.

  3. Instancias

    3.1 Para solicitar la admisión a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán remitir...

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