Resolución de 11 de agosto de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Aguas Fontvella y Lanjarón, SA que afecta al personal de la red de ventas proveniente de Fontvella, SA.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 206, 25 de Agosto de 2010III - Otras Disposiciones › Ministerio de Trabajo e Inmigración

Enlazado como:

Extracto


Resolución de 11 de agosto de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Aguas Fontvella y Lanjarón, SA que afecta al personal de la red de ventas proveniente de Fontvella, SA.

Visto el texto del Convenio Colectivo de la empresa Aguas Fontvella y Lanjarón, S.A., que afecta al personal de la red de ventas proveniente de Fontvella, S.A. (Código de Convenio n.º 9018112), que fue suscrito con fecha 17 de mayo de 2010, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra, por los Delegados de personal en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de agosto de 2010.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

CAPÍTULO I

Estipulaciones generales

Artículo 1. Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto regular las condiciones de trabajo entre la Empresa Aguas Font Vella y Lanjarón, S. A., y el personal incluido en su ámbito personal de aplicación.

Artículo 2. Ámbito territorial.

Las estipulaciones del Convenio serán de aplicación en el centro de trabajo que la Empresa tiene establecido en 08036 Barcelona - C/ Urgell, 240, 8.º, más las oficinas comerciales de Barcelona, Madrid, Valencia, Sevilla y Granada.

Artículo 3. Ámbito personal.

El Convenio afecta al personal de la red de ventas de la Empresa proveniente de Fontvella, S. A., que, incluido en su ámbito territorial de aplicación, se halle unido a la misma por contrato de trabajo cualquiera que fuera su categoría, profesión, especialidad, edad, sexo o condición, con las siguientes excepciones:

a) El personal al que se refieren los artículos 1.3.c) y 2.1.a) del Estatuto de los Trabajadores, y

b) El personal que ostente en la Empresa cargos análogos al de Jefe de Departamento o superiores.

Artículo 4. Ámbito temporal.

El Convenio tendrá tres años de duración, desde el 1 de enero de 2009, hasta el 31 de diciembre de 2011. Sus efectos económicos que en el mismo se reflejan, que para los cuales se estará a lo dispuesto el apdo. 1.º de las Disposiciones finales del presente Convenio, se aplicarán exclusivamente al personal que se halle de alta en la Empresa en el momento de la firma del...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía