Resolución de 1 de octubre de 2007, de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía para la cesión de uso de la plataforma SÉNECA-PASEN.
Marginal | BOE-A-2007-19370 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Educacion y Ciencia |
Rango de Ley | Resolución |
El Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía han suscrito un Convenio de colaboración para la cesión de uso de la plataforma SÉNECA-PASEN, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de dicho Convenio.
Madrid, 1 de octubre de 2007.-La Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, M.ª Antonia Ozcariz Rubio.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y LA CONSERJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA LA CESIÓN DE USO DE LA PLATAFORMA SÉNECA-PASEN
En Madrid, a 28 de junio de 2007.
REUNIDAS
De una parte, doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, como Ministra de Educación y Ciencia, en virtud de la competencia que le confiere el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (B.O.E. de 15 de abril de 1997).
Y de otra, la Excma. Sra. doña Cándida Martínez López, en su condición de Consejera de Educación de la Junta de Andalucía.
Actuando ambas en el ejercicio de sus respectivos cargos y en representación de ambas instituciones y reconociéndose mutuamente la capacidad necesaria para otorgar y suscribir el presente Convenio.
EXPONEN
Que el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, dispone en su artículo 19 que corresponde a la Comunidad Autónoma la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades en el ámbito de sus competencias, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y en las Leyes Orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma, lo desarrollen; así como de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución y de la alta inspección necesaria para garantizar su cumplimiento.
Que corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia, de acuerdo con el apartado d) del artículo 9 del Real Decreto 1553/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia, «la programación y gestión de la enseñanza en su ámbito de competencia territorial». Asimismo le corresponde, de acuerdo con el artículo 107.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, de 3 de mayo, la regulación y la gestión de los centros docentes públicos en el exterior.
Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), establece que el Estado promoverá programas de cooperación...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba