Resolución de 18 de agosto de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Instituto Técnico de Materiales y Construcciones, S.A.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 212, 2 de Septiembre de 2009III - Otras Disposiciones › Ministerio de Trabajo e Inmigración

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Resolución de 18 de agosto de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Instituto Técnico de Materiales y Construcciones, S.A.

Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Instituto Técnico de Materiales y Construcciones, S.A. (INTEMAC) (Código de Convenio n.º 9002982), que fue suscrito con fecha 20 de mayo de 2009, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por los Comités de empresa en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de agosto de 2009.-El Director General de Trabajo, P.S. (R.D. 1129/2008, de 4 de julio), el Subdirector General de Ordenación Normativa, Rafael García Matos.

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA INSTITUTO TÉCNICO DE MATERIALES Y CONSTRUCCIONES, S.A. (INTEMAC)

AÑO 2009

Preámbulo

Determinación de las partes que lo conciertan y razones de su existencia y negociación.

Las partes contratantes de este Convenio Colectivo están constituidas:

De una parte, la dirección de la empresa, representada por D. Pedro Jarillo Cerrato y D. Gonzalo Marín Estévez.

De otra parte, la representación social, que está compuesta por las siguientes personas

y centros de trabajo:

D.ª Esther Pozuelo Fernández, D. Luis Miguel Romero López, D. Jorge Rueda Contreras, D.ª Gema María Ruiz Toharia y D. Teodomiro Villalón García, representan a los trabajadores del centro de trabajo de Madrid (Oficinas Centrales) y son miembros de su Comité de Empresa. D. Francisco José Lominchar Fernández, D. Enrique Martín de Torres y D. Juan Pastor Camacho, representan a los trabajadores del centro de trabajo de Torrejón de Ardoz (Laboratorio Central) y son miembros de su Comité de Empresa. D. Juan García Navarro, D.ª Josefa Quero González y D. Francisco Quero González, representan a los trabajadores de los centros de trabajo de Sant Just Desvern y Esplugues de Llobregat (Barcelona) y son miembros de su Comité de Empresa.

Las razones de su existencia y negociación radican en que el Instituto Técnico de

Materiales y Construcciones (Intemac) tiene suscrito con sus trabajadores un Convenio

Colectivo de Empresa, de ámbito nacional, que ha estado en vigor durante el año 2008 y que con fecha 2 de octubre de 2008 ha sido denunciado por los representantes de los trabajadores.

Se quiere hacer especial hincapié en que las partes se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad jurídica y de obrar necesarias para la negociación y firma de este Convenio, que al haber sido suscrito por los Comités de Empresa constituidos en Intemac y a la vista del ámbito de aplicación del Convenio, expresado en su art. 1º, hace posible su aplicación como Convenio también a los trabajadores que prestan servicios en Alesanco (La Rioja), Alicante, Cornellana (Asturias), Herrera de Pisuerga (Palencia), Jerez de la Frontera (Cádiz), Málaga, Morales del Vino (Zamora), Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas), Sevilla, Valladolid, Valencia y Zaragoza, según los datos consignados en hojas estadísticas que se acompañan a este texto y ello en plena conformidad con las instrucciones de la Dirección General de Trabajo y Migraciones, de fecha 23 de julio de 1996, en el expediente n.º 361/96, por el que se tramitó el Convenio de Empresa para 1996, de fecha 29 de Abril de 1997, en el expediente n.º 182/97, por el que se tramitó el Convenio de Empresa para 1997, de fecha 18 de Mayo de 1998, en el expediente n.º 148/98, por el que se tramitó el Convenio de Empresa para 1998, de fecha 27 de julio de 1999, en el expediente n.º 209/99, por el que se tramitó el Convenio de Empresa para 1999, de fecha 13.4.00, en el expediente n.º 156/00, por el que se tramitó el Convenio de Empresa para 2000, de fecha 23.4.01, en el expediente n.º 180/01, por el que se tramitó el Convenio de Empresa para 2001, de fecha 16.5.02, en el expediente n.º 161/02, por el que se tramitó el Convenio de Empresa para 2002, de fecha 12.6.03, en el expediente n.º 204/03, por el que se tramitó el Convenio de Empresa para 2003, de fecha 1.7.04 en el expediente n.º 221/04, por el que se tramitó el Convenio de Empresa para 2004, de fecha 10.6.05, en el expediente n.º 191/05, por el que se tramitó el Convenio de Empresa para 2005, de fecha 10.4.06, en el expediente n.º 141/06, por el que se tramitó el Convenio de Empresa para 2006, de fecha 30.3.07, en el expediente n.º 148/07, por el que se tramitó el Convenio de Empresa para 2007, y de fecha 25.6.08, en el expediente n.º 222/2008, por el que se tramitó en Convenio de Empresa para 2008.

CAPÍTULO I

Normas Generales

Artículo 1. Ámbito ...

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