Resolución de 22 de mayo de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del II Convenio colectivo de Swiftair, SA-personal de tierra.

MarginalBOE-A-2013-6029
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Empleo y Seguridad Social
Rango de LeyResolución

Visto el texto del Acta en la que se contiene el Acuerdo de modificación del II Convenio colectivo de la empresa Swiftair, SA –personal de tierra–, publicado en el «BOE» de 11 de marzo de 2009 (código de convenio n.º: 90015641012006), que fue suscrito, con fecha 16 de noviembre de 2012, de una parte, por el designado por la Dirección de la empresa en su representación, y, de otra, por el Comité de empresa en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de mayo de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA SOBRE REUNIÓN CELEBRADA ENTRE LA EMPRESA Y LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES DE TIERRA A INSTANCIA DE SWIFTAIR, S.A.

En Madrid, a 16 de noviembre de 2012, siendo las 12:30 horas se reúne la Comisión de Trabajo y Negociación del Convenio referente al colectivo de trabajadores de tierra en las oficinas de la misma, sitas en la calle Ingeniero Torres Quevedo, 14, asistiendo a la misma:

Por parte de la empresa:

Salvador Moreno González-Aller.

Por parte de los trabajadores:

Antonio Palacios Salas.

Francisco Javier Ramos Arroyo.

Fernando Peña Collante.

Yasmina Ruiz Barrueco.

Rubén Esquivel Panizo.

Ambas partes adoptan los siguientes

ACUERDOS

  1. Aprobar la modificación del II Convenio colectivo con el personal de tierra, el cual se acompaña a la presente acta (en adelante III Convenio colectivo con el personal de tierra), debidamente firmado por las partes, y que recoge variaciones a los siguientes artículos:

    Artículo 10. Jornada laboral.

    Artículo 15. Vacaciones.

    Artículo 17. Asuntos propios

    Artículo 18. Permisos retribuidos.

    Artículo 23. Paga sobre beneficios.

    Artículo 31. Gastos de viaje y kilometraje.

    Artículo 32. Formación.

    Artículo 34. Bajas i.t.

    Artículo 39. Promoción profesional.

  2. Solicitar a la Dirección General de Trabajo la tramitación correspondiente a fin de que el mismo quede debidamente legalizado.

  3. Las partes intervinientes manifiestan que la modificación al convenio pactado lo es exclusivamente para el personal de tierra.

    ARTÍCULOS MODIFICADOS DEL II CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SWIFTAIR, SA, Y SU PERSONAL DE TIERRA

Artículo 10 Jornada laboral.

La jornada máxima en cómputo anual quedará fijada en la cuantía que establezca el convenio colectivo general del sector de servicio de asistencia en tierra en aeropuertos.

El cómputo se efectuará de tal modo que, tanto al comienzo como al final de la jornada diaria el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo.

De común acuerdo entre la empresa y sus trabajadores se podrán establecer jornadas laborales superiores, siempre y cuando no se supere el límite establecido en cómputo anual.

Para todo el personal administrativo con...

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