Resolución 5 de marzo de 2010, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los criterios aprobados por la Comisión, para las propuestas de homologación, convalidación y equivalencia de las formaciones anteriores de fútbol sala, bloque común y montaña y escalada.

MarginalBOE-A-2010-5253
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre (BOE de 8 de noviembre) que establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, determina en su disposición transitoria cuarta, que a los efectos de homologación, convalidación y equivalencia profesional, los órganos competentes en materia de deporte de las Comunidades Autónomas, podrán solicitar el reconocimiento que proceda de los certificados y diplomas de entrenadores de fútbol sala expedidos por las federaciones autonómicas de fútbol sala entre el día 4 de febrero de 1986 y el día 15 de febrero de 1993, y que previamente no hubieran sido reconocidos por la Resolución del 24 de abril de 2002 (BOE de 30 de mayo).

A su vez el citado Real Decreto, en su disposición adicional sexta, establece que podrán ser objeto de convalidación las formaciones relacionadas con materias del bloque común que hayan sido promovidas por los órganos competentes en materia de deporte de las Comunidades Autónomas en virtud de lo previsto en sus estatutos y reglamentos, siempre que se hayan llevado a cabo antes del día 15 de julio de 1999. En su disposición adicional séptima, determina que podrán ser objeto de convalidación, homologación y equivalencia a efectos profesionales, las formaciones llevadas a cabo en centros docentes de la guardia civil que hayan sido promovidas hasta el día 15 de julio de 1999, y que se refieran exclusivamente a modalidades y especialidades deportivas reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, de acuerdo con el artículo 8 b) de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.

El Consejo Superior de Deportes, en aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional quinta del citado Real Decreto, otorgó el reconocimiento a determinadas formaciones deportivas promovidas con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden de 5 de julio de 1999, mediante las Resoluciones de 5 de marzo de 2008 (BOE del 19), de 27 de marzo de 2008 (BOE del 4 de abril), 2 de abril de 2008 (BOE del 16), 30 de octubre de 2008 (BOE del 20 de noviembre), 10 de febrero de 2009 (BOE del 26) y 13 de abril de 2009 (BOE del 23), a los efectos de las declaraciones de homologación, convalidación y equivalencia profesional con las enseñanzas deportivas de régimen especial.

Dichas formaciones se refieren a formaciones anteriores de fútbol sala promovidas por la Federación de Fútbol Sala de la Comunidad Valenciana, por la Federación Madrileña de Fútbol Sala, por la Federación Vasca de Fútbol Sala y por la Federación Castellano Leonesa de Fútbol Sala junto a las formaciones de bloque común de Cataluña y Baleares y formaciones de montaña y escalada promovidas por la Federación de Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo de Castilla y León y por la Guardia Civil.

La Comisión creada por Orden de 8 de noviembre de 1999, para aplicación homogénea del proceso de homologación, convalidación y equivalencia de las formaciones de entrenadores deportivos, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, en virtud de las competencias que se le atribuyen en el apartado segundo c) de la Orden que la creó, ha aprobado los criterios comunes que han de servir de base para formular las propuestas que corresponda elaborar, previas a la resolución de los expedientes homologación, convalidación y equivalencia de las formaciones de entrenadores deportivos en fútbol sala, bloque común y montaña y escalada.

Por todo lo cual, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 35. g) y 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, y con el fin de orientar e informar a los interesados para que puedan formular las solicitudes correspondientes, esta Presidencia del Consejo Superior de Deportes,

Resuelve hacer públicos los criterios aprobados por la Comisión creada por Orden de 8 de noviembre de 1999, para la homologación, convalidación y equivalencia a efectos profesionales, de las formaciones que dieron lugar a la expedición de diplomas de entrenadores deportivos en fútbol sala, bloque común y montaña y escalada, que se detallan en el anexo de la presente Resolución, y que fueron reconocidas, respectivamente, por las Resoluciones del Consejo Superior de Deportes, de 5 de marzo de 2008, de 27 de marzo de 2008, 2 de abril de 2008, 30 de octubre de 2008, 10 de febrero de 2009 y 13 de abril de 2009.

Madrid, 5 de marzo de 2010.-El Presidente del Consejo Superior de Deportes, Jaime Lissavetzky Díez.

ANEXO

Criterios aprobados para la homologación, convalidación y equivalencia a efectos profesionales, de las formaciones de entrenadores deportivos de fútbol sala, bloque común y montaña y escalada, reconocidas por Resoluciones del Consejo Superior de Deportes, de 5 de marzo de 2008, de 27 de marzo de 2008, 2 de abril de 2008, 30 de octubre de 2008, 10 de febrero de 2009 y 13 de abril de 2009, aprobados en la reunión de 11 de febrero de 2010 por la Comisión creada por Orden de 8 de noviembre de 1999

  1. Formaciones anteriores de Fútbol Sala de Valencia

    Para el grado medio. Primer nivel.

    Otorgar, a quienes, en el plazo y forma que establece la Orden ECD/189/2004, de 21 de enero (BOE de 6 de febrero), lo soliciten y acrediten alguno de los diplomas o certificados a que dieron lugar las formaciones reconocidas por Resolución de 5 de marzo de 2008, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes (BOE de 19 de marzo), siempre que cumplan los requisitos que, según el caso, se establecen en la disposición adicional quinta del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre:

    1. La equivalencia profesional de cada uno de los diplomas de «Entrenador de Fútbol Sala. Nivel 1», expedidos por la Federación de Fútbol Sala de la Comunidad Valenciana con la del Certificado de Superación del Primer Nivel en Fútbol Sala.

      Para el grado medio. Segundo nivel.

      Otorgar, a quienes, en el plazo y forma que establece la Orden ECD/189/2004, de 21 de enero (BOE de 6 de febrero), lo soliciten y acrediten alguno de los diplomas o certificados a que dieron lugar las formaciones reconocidas por Resolución de 5 de marzo de 2008, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes...

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