Extracto
Resolución de 16 de junio de 2010, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se crean ficheros de datos de carácter personal.
El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros automatizados de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o en el diario oficial correspondiente.
En el ejercicio de las funciones atribuidas al Presidente del Consejo Superior de Deportes, en virtud del artículo 9 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte y del artículo 4 del Real Decreto 2195/2004, por el que se regula la estructura orgánica y las funciones del Consejo Superior de Deportes, y a fin de dar cumplimiento al mandato legal del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, relativo a la creación de ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal gestionados por el Consejo Superior de Deportes y asegurar a los administrados el ejercicio legítimo de sus derechos, resuelvo:Primero.–De conformidad con lo previsto en el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 15/1999, se crean los ficheros descritos en el anexo I.Segundo.–Los ficheros automatizados que se describen en el anexo I se regirán por las disposiciones generales que se detallan y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que le sean aplicables.Tercero.–La responsabilidad sobre el fichero descrito en el anexo corresponderá al Consejo Superior de Deportes.Cuarto.–El Consejo Superior de Deportes adoptará las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, derechos y obligaciones reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999 y sus normas de desarrollo.Quinto.–Los datos de carácter personal registrados en los ficheros descritos en el anexo sólo serán utilizados para los...Ver el contenido completo de este documento
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