LEY 18/1996, de 27 de Diciembre, de Relaciones con las Comunidades catalanas del Exterior.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 0032, 6 de Febrero de 1997I - Disposiciones Generales › Comunidad Autónoma de Cataluña

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Extracto


LEY 18/1996, de 27 de Diciembre, de Relaciones con las Comunidades catalanas del Exterior.

EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 18/1996, de 27 de diciembre, de Relaciones con las Comunidades Catalanas del Exterior.

PREÁMBULO

I

Desde 1840, en que tuvo lugar la fundación, en La Habana, de la Sociedad de Beneficiencia de los naturales de Cataluña, la asociación de la emigración catalana más antigua de las creadas en todo el mundo, las comunidades catalanas del exterior han venido agrupándose en casals y entidades diversas, particularmente en América, así como, más adelante, en Europa y otros lugares. En todas partes, desde los asentamientos iniciales de Cuba, Argentina, Chile o Uruguay, hasta los más contemporáneos de Bélgica, Luxemburgo, Suiza o bien los Estados Unidos, Canadá o Quebec, entre muchos otros, se han esforzado en mantener el calor de una vida asociativa remarcable, a través de juegos florales, conciertos, reuniones, encuentros, representaciones teatrales, conferencias, exposiciones, libros, revistas, emisiones radiofónicas y muchas otras actividades de todo tipo.

A las motivaciones de cariz económico que favorecieron la primera emigración, se añadieron después las razones de carácter estríctamente político. Primero, los jóvenes que huían de Cataluña por negarse a servir al ejército español y empezaban en América una nueva vida. Más adelante, a consecuencia de la derrota colectiva debido a la ocupación de Cataluña por las tropas franquistas, decenas de miles de republicanos catalanes empre...

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