Real Decreto 100/2009, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral del sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería a los cambios estructurales en el comercio mundial.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 47, 24 de Febrero de 2009I - Disposiciones Generales › Ministerio de Trabajo e Inmigración

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Real Decreto 100/2009, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral del sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería a los cambios estructurales en el comercio mundial.

La apertura de mercados y la creciente competencia a escala internacional generan nuevas oportunidades en términos de dinamismo económico, competitividad y empleo. No obstante, el fenómeno de la globalización también acarrea de manera inevitable la pérdida de puestos de trabajo en aquellos sectores menos competitivos y se hacen más visibles los efectos adversos en aquellas regiones donde existe una alta concentración de industrias con mano de obra intensiva.

En el ámbito de la Unión Europea se ha asumido la necesidad de hacer frente a los efectos perniciosos que los grandes cambios estructurales del comercio mundial tienen para aquéllos que pierden sus puestos de trabajo. En este sentido, en el Consejo Europeo de los días 15 y 16 de diciembre de 2005, se acordó la creación de un Fondo «destinado a ofrecer ayuda adicional a los trabajadores despedidos como consecuencia de importantes cambios estructurales en las pautas del comercio mundial y a asistirles en los esfuerzos de reciclaje y búsqueda de empleo». Con fecha de 1 de enero de 2007 entró en vigor el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización aprobado por Reglamento 1927/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, que tiene por objeto permitir a la Comunidad Europea prestar ayuda a los trabajadores despedidos como consecuencia de los grandes cambios estructurales en el comercio mundial provocados por la globalización.

Por su parte, la Comisión Europea en su informe «Los valores europeos en un mundo globalizado», de 20 de octubre de 2005, ha destacado los beneficios que reporta la apertura de mercados al tiempo que señala la necesidad de «ayudar también a las personas, a través de políticas adecuadas, para que los trabajadores que pierdan su empleo encuentren rápidamente otro».

Es preciso tener en cuenta, asimismo, que las comunidades autónomas vienen aplicando medidas de política activa de empleo para este tipo de trabajadores instaurando programas específicos que den respuesta a las necesidades que se plantean, sobre todo en aquellas regiones y comarcas más castigadas por los procesos derivados de la mayor competencia internacional.

Por lo que se refiere al ámbito estatal, la disposición adicional septuagésima quinta de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, autorizó al Gobierno para adoptar medidas de apoyo a la modernización y mejora de la competitividad de los sectores textil y de la confección, del calzado y del mueble para dar cobertura social a los trabajadores que resulten excedentes estructurales de estos sectores, en materia de recolocación, fomento del empleo, formación profesional, desempleo, Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) y Seguridad Social.

Por Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de junio de 2006, sobre «Establecimiento de una dotación presupuestaria específica para facilitar el ajuste laboral de los sectores afectados por cambios estructurales en el comercio mundial» se autorizó la financiación, durante varios ejercicios presupuestarios, por importe de 140 millones de euros, a través del presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal, para la concesión de subvenciones que, enmarcadas en las políticas activas de empleo, facilitasen el ajuste laboral y la reinserción de los trabajadores que resulten excedentes en los sectores afectados por cambios estructurales debidos a la apertura del comercio mundial, si...

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