Orden de 28 de febrero de 1990, por la que se modifican y complementan diversos aspectos del Régimen Jurídico de otorgamiento, modificación y extinción de las autorizaciones de transporte de viajeros y de mercancías.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 58, 8 de Marzo de 1990I - Disposiciones Generales › Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones

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Orden de 28 de febrero de 1990, por la que se modifican y complementan diversos aspectos del Régimen Jurídico de otorgamiento, modificación y extinción de las autorizaciones de transporte de viajeros y de mercancías.

La normativa anterior a la presente orden, contenida en las órdenes del Ministerio de Transportes, turismo y comunicaciones de 31 de Julio de 1987 y 22 de febrero de 1988, limitaba a ocho años la antiguedad Maxima de los véhiculos al efecto de poder referir a los mismos autorizaciones de transporte público de ámbito local de mercancías en véhiculos pesados o ligeros y de viajeros en véhiculos de mas de nueve plazas, asi cómo de autorizaciones de transporte privado complementario de viajeros o de mercancías. La referida antiguedad de ocho años era asimismo de Aplicación cuándo se trataba de autorizaciones nacionales de transporte público de mercancías o de viajeros, siempre que los correspondientes véhiculos hubieran estado anteriormente provistos de una autorización de ámbito inferior o vr y se produjera la renuncia a la misma.

La experiencia habida en la Aplicación del régimen expuesto en el parrrafo anterior, el rejuvenecimiento del parqué de véhiculos que la misma ha permitido, y la actual situación económica general y del transporte en particular, aconsejan dar un pasó mas en la Politica siempre deseable de la modernización de las flotas de véhic...

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