Orden de 7 de marzo de 1991, sobre el procedimiento de solicitud de las compensaciones financieras a percibir por las Organizaciones de Productores Pesqueros por retirada del mercado de los productos pesqueros indicados en las letras A y D del anexo I del Reglamento (CEE) número 3.796/81.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 61, 12 de Marzo de 1991I - Disposiciones Generales › Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentacion

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Orden de 7 de marzo de 1991, sobre el procedimiento de solicitud de las compensaciones financieras a percibir por las Organizaciones de Productores Pesqueros por retirada del mercado de los productos pesqueros indicados en las letras A y D del anexo I del Reglamento (CEE) número 3.796/81.

ILUSTRISIMOS SEÑORES:

EL REGLAMENTO (CEE) NUMERO 3796/81 DEL CONSEJO, DE 29 DE DICIEMBRE, AL QUE EN ADELANTE DENOMINAREMOS REGLAMENTO BASE, MODIFICADO EN ULTIMA INSTANCIA POR EL NUMERO 1495/88, ESTABLECE LA ORGANIZACION COMUN DE MERCADOS EN EL SECTOR DE PRODUCTOS DE LA PESCA, PREVIENDO QUE LOS ESTADOS MIEMBROS CONCEDERAN COMPENSACIONES FINANCIERAS A LAS ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES PESQUEROS (EN ADELANTE OO. PP.) QUE PROCEDAN, EN DETERMINADAS CONDICIONES, A LA RETIRADA DEL MERCADO DE LOS PRODUCTOS INDICADOS EN LAS LETRAS A Y D DEL ANEXO I DEL REGLAMENTO BASE POR NO PODERLOS VENDER POR DEBAJO DEL PRECIO DE RETIRADA COMUNITARIO CUYO REGIMEN, PREVIAMENTE, SE HA COMPROMETIDO A RESPETAR AL INICIO DE LA CAMPAÑA.

EL REGLAMENTO (CEE) NUMERO 2202/82 DEL CONSEJO, DE 28 DE JULIO, ESTABLECE LA...

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