Resolución de 14 de febrero de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Convenio colectivo de La Veneciana Bética, Sociedad Anónima.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 052, 2 de Marzo de 2006III - Otras Disposiciones › Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

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Resolución de 14 de febrero de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Convenio colectivo de La Veneciana Bética, Sociedad Anónima.

Resolución de 14 de febrero de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Convenio colectivo de La Veneciana Bética, Sociedad Anónima.

Visto el texto del Convenio Colectivo de la empresa «La Veneciana Bética, Sociedad Anónima» (Código de Convenio n.º 9005331) que fue suscrito con fecha 29 de septiembre de 2005 de una parte por los designados por la Dirección de la Empresa en representación de la misma y de otra por los Delegados de personal en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero: Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 14 de febrero de 2006.-El Director General, Esteban Rodríguez Vera.

CONVENIO COLECTIVO

Para los centros de: La Veneciana Bética, S.A.

Sevilla.

Badajoz.

Cádiz.

Málaga.

Córdoba.

Granada.

Años: 2005 -2006 -2007

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales.

Sección 1.ª Objeto

Artículo 1.º

El presente Convenio tiene por objeto regir las condiciones de trabajo entre la Empresa La Veneciana Bética, S.A. y el personal incluido en el ámbito del mismo, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo siguiente.

Sección 2.ª Ámbito de Aplicación

Artículo 2.º Personal.

El presente Convenio afecta a todos los trabajadores que prestan servicios en La Veneciana Bética, S.A., con exclusión del personal perteneciente a la categoría denominada «Cuadro» y aquellos «EAP» que voluntariamente soliciten su exclusión.

Artículo 3.º Territorial.

Las normas de este Convenio. serán de aplicación en todos los Centros de Trabajo que en la actualidad tiene La Veneciana Bética, S.A., en Sevilla, Badajoz, Cádiz, Málaga, Córdoba y Granada.

Artículo 4.º Temporal.

El presente Convenio tendrá una duración de 3 años, comenzando su vigencia, a todos los efectos, el día 1 de Enero de 2005 y finalizand...

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