Instrucción 3/2007, de 22 de marzo, de la Junta Electoral Central, sobre el límite de gastos electorales en el caso de coincidencia de elecciones locales y de elecciones a las Asambleas Legislativas de determinadas Comunidades Autónomas.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 076, 29 de Marzo de 2007I - Disposiciones Generales › Junta Electoral Central

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Instrucción 3/2007, de 22 de marzo, de la Junta Electoral Central, sobre el límite de gastos electorales en el caso de coincidencia de elecciones locales y de elecciones a las Asambleas Legislativas de determinadas Comunidades Autónomas.

El artículo 131.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, dispone que, en el supuesto de coincidencia de dos o más elecciones por sufragio univer...

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