Resolución de 29 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental de la explotación del helipuerto de prevención y extinción de incendios forestales de Campiño, término municipal de Pontevedra.
Resolución de 29 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental de la explotación del helipuerto de prevención y extinción de incendios forestales de Campiño, término municipal de Pontevedra.
El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, prevé que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1ª del capítulo II de dicha Ley.
La documentación ambiental del proyecto se recibe con fecha 14 de enero de 2011, procedente de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea del Ministerio de Fomento. En dicha documentación se indica que existe una plataforma de hormigón, ya construida, lo que se comprueba consultando el Sistema de Información Geográfica del Departamento, pudiéndose observar la plataforma y un helicóptero posado en ella. Por tanto, el...