Resolución de 10 de octubre de 2014, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueban las características del procedimiento competitivo de subastas para la asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad regulado en la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre.

MarginalBOE-A-2014-10399
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyResolución

El artículo 49 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, recoge la potestad de la Administración para adoptar medidas, entre las que se incluye la prestación del servicio de interrumpibilidad gestionado por el operador del sistema. Este precepto sustituyó a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, respecto al servicio de interrumpibilidad.

La Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad, desarrolla un mecanismo competitivo de asignación del recurso interrumpible puesto a disposición del sistema eléctrico a través del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad, garantizando la efectiva prestación de dicho servicio y su realización al menor coste para el sistema eléctrico.

El artículo 4 de la mencionada orden es el relativo al mecanismo de asignación del servicio de interrumpibilidad, señalando que será un procedimiento de subastas gestionado por el operador del sistema. Entre otros aspectos, determina que la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio de Industria, Energía y Turismo resolverá teniendo en cuenta la propuesta del operador del sistema y el informe emitido por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, determinando al menos los siguientes aspectos:

  1. El rango de cantidades a adjudicar para cada subasta y tipo de producto.

  2. El precio de salida, que será fijado tras el análisis de la cantidad de recurso interrumpible.

  3. Las reglas a aplicar en la subasta.

  4. La fecha de realización de cada subasta.

  5. El período de entrega de la potencia interrumpible.

    Por otra parte, el artículo 12 de la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, regula la retribución del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad, estableciendo que el operador del sistema enviará a la Secretaría de Estado de Energía, junto a la información a la que se refiere el citado artículo 4 de la misma, una propuesta de valores de los coeficientes ka, kb y kc para cada periodo de entrega, necesarios para la determinación de la retribución asociada a la ejecución de las opciones de reducción de potencia.

    Red Eléctrica de España, S.A., como operador del sistema, envió con fecha 30 de diciembre de 2013 y posteriormente 10 de febrero de 2014, al Ministerio de Industria, Energía y Turismo propuestas de desarrollo normativo del servicio de interrumpibilidad según lo establecido en la disposición adicional segunda de la citada Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, incluyendo propuesta de mecanismo subasta, las reglas y el modelo de adhesión, una revisión de los procedimientos de operación, y una propuesta de adaptación del mecanismo a los sistemas eléctricos de territorios no peninsulares. Asimismo, entre sus propuestas se incluye una evaluación del requerimiento de potencia interrumpible y calendario de subastas para la temporada 2013/2014.

    Adicionalmente, tuvo entrada en el Ministerio de Industria, Energía y Turismo el 23 de enero de 2014 información complementaria remitida por el operador del sistema, entre la que figura su propuesta de coeficientes ka, kb y kc para la temporada eléctrica 2013/2014.

    Con fecha 11 de marzo de 2014, la Secretaría de Estado de Energía remitió a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia la propuesta del operador del sistema para informe preceptivo con carácter urgente previo trámite de audiencia a través de los miembros del Consejo Consultivo de Electricidad. La Sala de Supervisión Regulatoria de la citada Comisión emitió su informe con fecha 13 de mayo de 2014.

    El 1 de agosto de 2014 fueron publicadas la Resolución de la Secretaría de Estado de Energía por la que se aprueban las reglas del procedimiento competitivo de subastas para la asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad y el modelo de adhesión al marco legal establecido para la participación de las subastas y la Resolución de la Secretaría de Estado de Energía por la que se aprueban los...

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