Orden de 21 de diciembre de 1995, de la Consejería de Cultura, por la que se reconoce, califica y dispone la inscripción en el Registro de Fundaciones Privadas de carácter cultural y artístico, asociaciones y entidades análogas de Andalucía de la Fundación cultural denominada «Amalio».

MarginalBOE-A-1996-6166
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autonóma de Andalucia
Rango de LeyOrden

Vista la solicitud presentada el 14 de febrero de 1995 en orden al reconocimiento por esta Consejería del interés público de la fundación «Amalio» y su calificación de Fundación Cultural Privada, se resuelve con la decisión que figura al final a la que sirven de motivación los siguientes hechos y fundamentos de Derecho.

Hechos

Primero.-Con fecha 3 de febrero de 1995 y ante el Notario del ilustre Colegio de Sevilla don Antonio Carrasco García se procede al otorgamiento de la escritura de constitución de la Fundación Cultural Privada denominada «Amalio», quedando registrada con el número 506 de su protocolo.

Segundo.-Que en ella se recoge la voluntad de los fundadores de constituir una fundación de carácter cultural y privado, constituyéndose como dotación inicial la colección de obras de arte que conforman los 365 cuadros relativos a la Giralda realizados por don Amalio García del Moral y Garrido, conocida dicha colección como «Las Giraldas de Amalio».

Asimismo, se designan los cinco miembros que han de constituir su Patronato y se deja constancia de la aceptación de los mismos y de sus responsabilidades como tales.

Tercero.-Que también consta en los Estatutos de la Fundación su denominación, fines y objetivos de «fomento, difusión, cultivo y estudio del arte de la pintura, sin que ello suponga menosprecio o veto para con el resto de las artes, dedicándose un especial interés de manera prioritaria y preferente al estudio del legado y obra pictórica y literaria del Catedrático Emérito de la Universidad Complutense de Madrid y artista pintor don Amalio García del Moral y Garrido»; su domicilio en Sevilla, plaza de Doña Elvira, número 7; su órgano de gobierno y representación y sus atribuciones, el presupuesto del primer ejercicio económico, así como las reglas para la aplicación de las rentas al objeto fundacional y para la determinación de los beneficiarios.

Cuarto.-Que asimismo, el 9 de marzo de 1995, se recibe Acta Notarial de 3 de marzo de 1995, que eleva a público los acuerdos adoptados por el Protectorado de la Fundación designando nuevos miembros del mismo, así como la modificación de sus Estatutos.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Cumplidas las exigencias establecidas en el artículo primero del Reglamento aprobado por Decreto 2930/1972, de 21 de julio, de aplicación supletoria en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del Decreto 89/1985, de 2 de mayo, por el que se crea el Registro de Fundaciones Privadas de...

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